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Acuerdos

Abril 1 / 2020

Acuerdo Académico 024 de 2020 (Por medio del cual se deroga el Artículo 4 del Acuerdo Académico 021 de 2020 y se establecen medidas académicas excepcionales)

Número del documento: AA 024
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general



Por medio del cual se deroga el Artículo 4 del Acuerdo Académico 021 de 2020 y se establecen medidas académicas excepcionales.

El Consejo Académico de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,
 

CONSIDERANDO QUE:

 
El Ministerio de Educación Nacional mediante la directiva Ministerial 04 del 22 marzo de 2020, avaló la utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones en el desarrollo de programas presenciales hasta el 30 de junio de 2020.

Consultadas las distintas Facultades y programas de la Universidad se evidencian posibilidades de utilización de estas tecnologías en el desarrollo de los programas de posgrado adelantando labores correspondientes al primer periodo académico del 2020.

Con el fin de dar continuidad a los procesos académicos en los programas de posgrado ofertados por la Universidad del Cauca, se estima pertinente avanzar en actividades académicas de los programas a través de la utilización de tecnologías como mecanismos excepcionales mientras se cuente con la autorización del Ministerio para ello y durante la vigencia de las medidas aplicadas para la prevención y atención de la pandemia del virus COVID 19.
 

RESUELVE

 
ARTÍCULO 1: Autorizar la realización de actividades académicas mediante la utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones en los programas de posgrado de la Universidad del Cauca para el Primer Período Académico del 2020 y durante la vigencia de la actual emergencia sanitaria.     
 
ARTÍCULO 2: Corresponde a los Comités de Programa de Posgrado y a los Coordinadores de Programa, definir los cursos, módulos, seminarios o actividades académicas que se adelantaran bajo esta modalidad excepcional y sus respectivos cronogramas.
 
ARTÍCULO 3: Para el reconocimiento y pago de estímulos a los profesores expertos nacionales o extranjeros, relacionados con las actividades descritas en el Acuerdo Superior 004 de 2015 y el Acuerdo Superior 064 de 2008, debiendo explicitar que se trata de actividades no presenciales apoyadas por tecnologías de la información y las comunicaciones.
 
ARTÍCULO 4: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Artículo 4 del Acuerdo Académico 021 de 2020.
 

 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán, a los (01) días del mes de abril de dos mil veinte (2020).

JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Presidente

 
 
 

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