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Acuerdos

Octubre 4 / 2011

Acuerdo número 029 de 2011, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 023 de 2008

Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente conferidas por la Ley 30 de 1992 y el Estatuto General o Acuerdo 105 de 1993, y

CONSIDERANDO


La División de Salud Integral de la Vicerrectoría de Cultura y Bienestar adelanta un Programa de Intervención Psicosocial en la prevención de la deserción en la comunidad estudiantil de la Universidad del Cauca.

En desarrollo de este programa se hace necesario establecer un procedimiento especial para la cancelación de la matrícula estudiantil, cuyo objetivo es conocer las razones por las cuales se solicita la cancelación de la matrícula, de tal modo que esta información permita construir elementos de juicio para el desarrollo y ejecución del programa de intervención psicosocial a los estudiantes.

Este procedimiento constituye un espacio para persuadir al estudiante de su intención de cancelar la matrícula y por esta vía disminuir la deserción estudiantil.

El Consejo Académico, en sesión del día 6 de julio de 2011, avaló esta propuesta y recomienda a la Corporación aceptarla.

En mérito de lo expuesto,


ACUERDA


ARTÍCULO PRIMERO: Modificar parcialmente el Artículo 1º del Acuerdo 023 del 8 de abril de 2008, que modificó el Capítulo VIII del Acuerdo 002 de 1988 o Reglamento Estudiantil, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 1º: Cuando un estudiante desee cancelar la matrícula, podrá solicitarlo por escrito al Decano de la respectiva facultad, hasta el último día de clases del periodo lectivo correspondiente, exponiendo los motivos que lo inducen a ello y adjuntando el paz y salvo general de la Universidad así como el carné estudiantil.

PARÁGRAFO: El estudiante que solicite la cancelación de la matrícula deberá diligenciar previamente ante la División de Salud Integral de la Vicerrectoría de Cultura y Bienestar el cupón denominado: “Confirmación de la Intervención Psicosocial”.”

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás artículos establecidos en el Acuerdo 023 del 08 de abril de 2008 continúan vigentes.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y entra en vigencia a partir del primer periodo académico de 2012.


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Expedido en Popayán, Ciudad Universitaria, a los trece (13) días del mes de septiembre de dos mil once (2011).


NATALIA RUIZ RODGERS
Presidenta.

LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General
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Etiquetas: Acuerdo, Consejo Superior, Unicauca

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