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Acuerdos
Marzo 5 / 2014
Acuerdo Superior 015 de 2014 (otorgamiento de beca en el marco de MenTES Cauca)
Número del documento: 2.1-2.2 Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por el cual se otorga una beca de estudios en la Universidad del Cauca en el marco del programa de Mejoramiento en el Tránsito a la Educación Superior – MenTES Cauca.
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en la Ley 30 de 1992 y Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General y
Considerando
Que el Ministerio de Educación Nacional en el marco del “Proyecto de Regionalización de la Educación Superior”, eje de la política cierre de brechas en acceso y permanencia entre población rural-urbana, poblaciones diversas, vulnerables y por regiones, del Plan sectorial de Educación Nacional 2010 – 2014 adelanta el programa TravESía.
Que el objetivo del programa TravESía es promover el fortalecimiento institucional en las entidades territoriales, la articulación, el diálogo y la reflexión de los actores, en temas de Educación Superior, que permita impulsar políticas y estrategias de cobertura, permanencia, calidad y pertinencia articuladas con las características de cada territorio y sus planes de desarrollo y competitividad
Que la Universidad del Cauca es la ejecutora del proyecto Red de Formación de Talento Humano para la Innovación Social y Productiva en el Departamento del Cauca.
Que producto del mencionado proyecto, la Universidad del Cauca lidera el programa de Mejoramiento en el Tránsito a la Educación Superior – MenTES Cauca, el cual está en correspondencia con las políticas del Ministerio de Educación expuestas anteriormente.
En mérito de lo expuesto,
Acuerda
Artículo primero: incentivar el trabajo realizado por los estudiantes dentro del programa MenTES Cauca.
Artículo segundo: otorgar una beca para cursar todos los estudios correspondientes a un programa de pregrado de la Universidad del Cauca, para un estudiante caucano de nacimiento, participante en el programa MenTES, distinguido por su excelente desempeño en cada promoción.
Artículo tercero: el monto de la beca será el equivalente al valor de la matrícula.
Artículo cuarto: delegar en el Consejo Académico la reglamentación del presente acuerdo.
Artículo quinto: el presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los cinco (5) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014).
CARLOS DAVID ROCHA AVENDAÑO
Presidente
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General