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Circulares

Agosto 24 / 2015

Circular Normativa sobre programación de Labor Académica I y II periodos académicos de 2016

Número del documento: 4.22.2/010
Emitido por: Vicerrectoría Académica
Dirigido a: Docentes

PARA: Decanos de Facultad, Secretarios Generales de Facultad, Jefes de Departamento, Coordinadores de programa y coordinadores de FISH y AFF.

DE: Vicerrectoría Académica - Coordinación Área de Docencia .

FECHA: Agosto 24 de 2015.

ASUNTO: Programación Labor Académica I y II periodos académicos de 2016.

Para su conocimiento y demás fines pertinentes, la Vicerrectoría Académica presenta el calendario definido para las actividades que se desarrollarán en el marco del estudio, distribución, ajustes y aprobación de la Labor Académica correspondientes para el I y II períodos académicos del año 2016.

Comedidamente se solicita realizar el análisis de las necesidades y la planeación de los requerimientos de docentes temporales de los programas que se van a ofrecer en el periodo académico de 2016 con suficiente antelación para no causar traumatismos en este proceso.

Periodo Académico I y II de 2016


Actividad

Responsables

Fecha

1

Solicitud de servicios por parte de los coordinadores de programa a los decanos de las facultades respectivas.

Decanos, jefes de departamento y coordinadores de programa.

Desde el 28 de agosto hasta septiembre 15 de 2015

2

Registro y visado de Labor académica en el Aplicativo SIMCA.

Decanos,
Jefes de Depto.

Desde el 1 al 21 de septiembre de 2015.

3

Envío de soportes de Hojas de Vida y Actualizaciones en cada Departamento

Profesor Temporal
Secretarias de Departamento

Hasta septiembre 25 de 215

4

Envío del informe consolidado en medio electrónico y físico de Planeación académica de las necesidades docentes por departamento, a la Vicerrectoría Académica, con la solicitud de contratación de temporales  para la vigencia 2016. Anexando actas de selección, hojas de vida y actualizaciones de hoja de vida si es el caso.

Decanos

Hasta octubre 1 de 2015.

5

Revisión propuesta de Labor Académica.

Vicerrectoría Académica

Del 1 de octubre al 20 de octubre de 2015.

6

Ajustes Labor Académica por parte de las Facultades

Decanos,
Jefes de Depto.

Hasta el 20 de Octubre de 2015.

7

Estudio Hojas de Vida profesores temporales – puntos salariales

Vicerrectoría Académica

Desde el 1 al 20 de octubre de 2015

8

Solicitud de aprobación Año Sabático y Comisiones de Estudios para el I de 2016

Decanos

Hasta el 20 de octubre de 2015

9

Reunión CIARP asignación de puntos salariales

Vicerrectoría Académica- CIARP

Viernes 23 de Octubre de 2015

10

Solicitud liquidación salarial profesores temporales –División de Gestión del Talento Humano

Vicerrectoría Académica- División de Gestión del Talento Humano

Noviembre 3 de 2015

11

Viabilidad Financiera y presupuestal vigencia futura

Vicerrectoría Académica

Noviembre 4 de 2015

12

Aprobación contratación docentes temporales CSU.

Consejo Superior Universitario

Noviembre 11 de 2015

13

Entrega de la Oferta de Labor Académica a SIMCA

Decanos, coordinadores de Programa

Del 11 al 24 de noviembre de 2015

14

Legalización de la Contratación de profesores temporales en la División de Gestión de Talento Humano

División de Gestión del Talento Humano, profesores temporales

Entre el 12 y 16 de enero de 2016

15

Ajustes e informe de novedades docentes II de 2015

Decanos, Jefes de Dpto.

Del 18 de abril al 21 de mayo de 2016

16

Solicitud de aprobación Año Sabático y Comisiones de Estudios para el II de 2016

Decanos

Hasta el 6 de mayo de 2016


I. Registro y visado de labor académica en el aplicativo Simca

Teniendo en cuenta la Resolución VRA 802/2014, los jefes de departamento deben registrar la labor académica para el I y II periodo académico de 2016 en el aplicativo Simca, con el respectivo visado tanto de los Jefes de Departamento como de las Decanaturas. El aplicativo Simca estará disponible solamente hasta el 21 de septiembre de 2015.

Para los profesores, dependiendo de su vinculación y dedicación, deberá registrarse las horas de labor académica, según los siguientes parámetros:


Vinculación y dedicación

I periodo de 2016
Máximo horas-semestre

II Periodo de 2016
Máximo horas-semestre

Planta Tiempo Completo

960 (24 Semanas)

880 (22 Semanas)

Planta medio Tiempo

480 (24 Semanas)

440 (22 Semanas)

Ocasional Tiempo Completo

760 ( 19 Semanas)

720 ( 18 Semanas)

Ocasional Medio Tiempo

380 (19Semanas)

360 (18 Semanas)

Cátedra

216 (18 Semanas)

204 (17 Semanas)


La labor de docencia directa, para los profesores de cátedra será máximo 12 horas semanales.

La labor que esté por debajo de estos parámetros, no será visada por la Vicerrectoría Académica y la labor por encima de los mismos, se visará bajo la condición de registrar en el campo de observación que el docente asume dicha labor bajo su propia responsabilidad.

Para el registro de la labor académica en el aplicativo Simca, se debe tener en cuenta las siguientes indicaciones:

1. Docencia

El orden de prioridades para este ítem es:

a) Docencia directa.
b) Cursos optativos o electivos.

Docencia Directa

El jefe de departamento deberá ingresar en el aplicativo de Labor Académica (SIMCA), los códigos de las asignaturas o los nombres de los cursos, correspondientes, horas semanales, créditos académicos, número de estudiantes, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

Para todos los docentes (planta, ocasionales y cátedra)

I de 2016: 17 semanas (incluye Semana Santa)

II de 2016: 16 semanas.

Las horas registradas en docencia directa por curso, en ningún caso deben exceder a las aprobadas en el plan de estudios de cada programa; en el caso de que los cursos sean compartidos se debe registrar la observación.

Preparación de docencia

El orden de prioridades de este ítem es:

a) Trabajos de grado.
b) Preparación.
c) Evaluación.
d) Consultas.
e) Evaluación Curricular Planeación Institucional.

I y II de 2016


Tipo/ Vinculación

Semanas preparación docencia

Planta

20 semanas

Ocasionales

18 Semanas


Nota: a los catedráticos no se les asigna horas de preparación docencia.

Para el Registro de Trabajos de Grado, el sistema permite realizar una búsqueda por el nombre del estudiante o código, se debe registrar las fechas de inicio y finalización, horas aprobadas y resolución de aprobación del Consejo de Facultad, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

2. Investigación

El orden de prioridad para este ítem es:

a) Proyectos con Convenio Interinstitucional.
b) Proyectos con convocatorias del Sistema de Investigaciones.

El Jefe de Departamento deberá relacionar en el Aplicativo de Labor Académica (Simca), el código o ID asignado por la VRI, nombre completo del proyecto, fechas de inicio y de finalización y horas aprobadas; según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

3. Administración

Los Docentes con Comisión en Cargos Administrativos se debe registrar el acto administrativo del órgano de la competencia con la fecha de emisión. (Rector, Vicerrectores, decanos, Jefes de departamento, Coordinadores de programa,, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

4. Asesoría

Se debe registrar a los docentes que conforman diferentes comités formalmente constituidos, con las horas dedicadas a cada actividad, según los criterios de labor académica emanados por Resolución VRA 802 de 2014.

Nota: los docentes que conformen comités de acreditación de programas deben registrar su labor en este ítem, con el respectivo acto administrativo emanado por el Consejo de Facultad.

5. Servicios

Se deben registrar las horas de labor académica de los profesores que prestan sus servicios en los programas que por su propia naturaleza así lo requieren (ejemplo servicios de laboratorio, consultorio jurídico, etc., con el acto administrativo y vigencia que lo aprueba. “Se entiende por actividades de servicio, aquellas que buscan satisfacer necesidades específicas e inmediatas de la Institución o de la comunidad. Se incluye la participación en proyectos aprobados por la Universidad y en los trabajos que ésta contrate”. Art. 60 Acuerdo 024 de 1993. Según los criterios de labor académica emanados por la Resolución 802 de 2014.

6. Extensión o interacción social

En el Sistema de Labor Académica SIMCA, el jefe de departamento, deberá relacionar la resolución de aprobación por parte del Consejo de Facultad, nombre completo de la actividad, fechas de inicio y de finalización y horas semanales asignadas por proyecto de extensión o servicio de la universidad o con convenio interinstitucional de cada docente, según los criterios de labor académica emanados por la Resolución 802 de 2014.

7. Capacitación

En el aplicativo de Labor Académica, se debe relacionar número de resolución aprobatoria por parte del Consejo de Facultad, nombre completo de la actividad y horas asignadas de los Docentes en comisiones o años sabáticos formalmente asignados.

II. Visado de labor académica

Del 1 al 21 de septiembre de 2015, el jefe de Departamento deberá visar la labor dentro de los plazos establecidos y comunicar al Decano para su revisión y visado. Mediante comunicación del Decano dirigida a la Vicerrectoría Académica se informará sobre la culminación de este procedimiento, solicitando el aval de la propuesta de Labor Académica registrada.

Una vez visada la labor por el Decano, los Jefes de Departamento no podrán realizar modificaciones. Cuando sea necesario realizarlas, el decano enviará la solicitud a la Vicerrectoría Académica para habilitar en el sistema las modificaciones.

III. Revisión propuesta de labor académica por parte de la Vicerrectoría Académica

Del 1 al 20 de octubre de 2015, la Vicerrectoría Académica realizará la revisión de la propuesta de Labor Académica visada por los decanos. Se remitirá por correo físico y electrónico las observaciones realizadas a cada Departamento para que sean atendidas por los mismos, según agenda fijada por la Vicerrectoría Académica.

IV. Ajustes labor académica por parte de las facultades

Una vez recibidas las consideraciones realizadas por la Vicerrectoría Académica, Decanos y Jefes de Departamento realizarán los ajustes necesarios hasta el 20 de octubre de 2015 a las 6:00 p.m. Estas modificaciones deberán consignarse en el aplicativo SIMCA de labor Académica, con los respectivos visados.

V. Informe consolidado de planeación de labor por departamento a la Vicerrectoría Académica y estudio de hojas de vida

El 1 de octubre de 2015, las Decanaturas enviarán a la Vicerrectoría Académica, el informe consolidado sobre la planeación de la labor académica por departamento para los períodos académicos I y II del 2016 y la Solicitud de contratación de profesores temporales.

Hasta el 20 de octubre de 2015, mediante oficio dirigido a la Vicerrectoría Académica, las Decanaturas informarán de manera consolidada sobre los ajustes realizados en atención a las observaciones presentadas por Vicerrectoría Académica. Únicamente se atenderán las solicitudes cursadas desde las Decanaturas.

La remisión de los ajustes deberá acompañarse de la solicitud de vinculación de profesores temporales, la cual se remitirá en medio físico y electrónico. Para ello, cada Departamento adjuntará las actas mediante las cuales se realizó el proceso de selección de profesores temporales a partir del Banco de Oferentes (Ocasionales: Acuerdo 017 del 05 de Marzo del 2009 y criterios de labor académica emanados de la Vicerrectoría Académica y temporales por el Acuerdo 043 de 2014 y Acuerdo 052 de 2014), las hojas de vida de nuevas vinculaciones y documentos de actualización que reporten los profesores temporales que nuevamente se vincularán a la Institución. Los documentos válidos para efectos de la liquidación salarial de los profesores temporales son los consignados en las hojas de vida remitidas por las decanaturas y se debe cumplir:

1. El Banco de Oferentes: Mecanismo que la Comisión de Selección de cada Facultad tiene para buscar los docentes que se necesitan con la cualificación necesaria para atender el servicio académico requerido.

2. Los documentos soportados en el Banco de Oferentes deben ser los mismos documentos que se adjuntan el estudio y asignación de puntos para la base salarial.

3. Las solicitudes de estudio de hojas de vida de los docentes temporales, para la asignación de puntaje y/o contratación, deben cumplir los parámetros de la Ley General de Archivo y atender las instrucciones del proceso de Gestión Documental de la Universidad del Cauca, así:

Las hojas de vida deben estar:

a. Debidamente legajadas en carpeta institucional.
b. Adjuntar lista de chequeo debidamente diligenciada. (Asesorarse con el Área de Archivo General)
c. Los documentos deben estar foliados
d. Identificadas según el tipo de vinculación cátedra u ocasional
e. Identificar el Departamento
f. documentos de obligatorio cumplimiento: Cédula de Ciudadanía, o extranjería, tarjeta profesional, y libreta militar si es el caso.

4. Es responsabilidad de las unidades académicas hacerles conocer a los docentes temporales los Acuerdos 017 de 2009, 043 y 052 de 2014, en donde se encuentra estipulado el sistema de vinculación de docentes Temporales.

5. Hacer claridad que los documentos que soportan y adjuntan en las hojas de vida son la base para la asignación de puntaje que redunda en el salario, deben estar completos, y regirse por los siguientes parámetros:

a. Para docentes Ocasionales” Los títulos universitarios debidamente legalizados y convalidados pueden recibir puntos salariales cuando guarden relación directa con la actividad académica asignada al profesor en el momento del reconocimiento”. Para Docentes Catedráticos: Los puntos por títulos universitarios no son acumulables y sólo se reconocerá el puntaje correspondiente al título de mayor nivel acreditado por el profesor”…para el reconocimiento deben adjuntar copia del título y del Acta de Grado del título correspondiente.
b. Los años dedicados a los estudios de posgrado para áreas médicas que.se considera como experiencia profesional, deben explicitar fecha de inicio y terminación. (día/mes/año)
c. Experiencia Calificada. ”La experiencia calificada debidamente certificada, en el equivalente de tiempo completo, lograda después de la obtención del título universitario, por actividades profesionales, de docencia universitaria e investigación, en instituciones dedicadas a ésta, en cualquier campo de la ciencia, la técnica, las humanidades, el arte o la pedagogía pueden recibir puntos salariales”. Los documentos deben explicitar fecha de inicio y terminación (día/mes/año), e intensidad horaria.

Los soportes que no atiendan estos parámetros no podrán ser tenidos en cuenta para el reconocimiento de puntos hasta la próxima vinculación, atendiendo el acuerdo 017 de 2009 en el art. 8 ”…La remuneración mensual de los profesores ocasionales se establecerá multiplicando la suma de puntos asignados por el valor del punto. El puntaje se establecerá al inicio de su vinculación y no podrá ser modificado durante el tiempo que dure la vinculación” y Acuerdos 043 y 052 de 2014. Capítulo II en su parágrafo: “ El estudio y reconocimiento de los puntos se hará previo a la vinculación y no será modificado durante la misma”.

6. Hasta el 25 de septiembre de 2015, La solicitud de actualización de documentos que tienen injerencia en los puntos salariales, de los docentes temporales deben hacerlos llegar a cada Departamento, para después ser remitidos por la Decanatura a la Vicerrectoría Académica para estudio del CIARP, atendiendo los requisitos de los numerales anteriores.

Las solicitudes de contratación deben ser oficiadas y remitidas a la Vicerrectoría Académica teniendo en cuenta la siguiente estructura:

Docentes Cátedra (máximo 12 horas semana)


 

  

  

  

  

  

 

 

  

  

  

  

  

 

Departamento

Nombres completos

Apellidos
completos

Cédula

Horas

Vinculación nueva Sí/No

           

Docentes Ocasionales

 

  

  

  

  

  

 

  

  

  

  

  

    

Departamento

Nombres completos

Apellidos
completos

Cédula

Dedicación. MT o TC

Vinculación nueva Sí/No

           





VII. Estudio hojas de vida profesores temporales

Desde el 1 al 20 de octubre de 2015, la Vicerrectoría Académica realizará la revisión de hojas de vida nuevas y novedades reportadas por las Decanaturas. Sólo se tendrá en cuenta la información relacionada en los oficios remitidos para este fin por las Decanaturas; las hojas de vida y novedades estarán debidamente foliadas como lo establece el Área de Archivo y correspondencia de la Universidad. No se atenderán solicitudes entregadas por los profesores a contratar de manera individual, ni aquellas que se remitan desde la Decanatura de manera extemporánea. Se recuerda a los señores Decanos la responsabilidad de entregar la solicitud de vinculación de profesores acompañada de las novedades reportadas en las fechas establecidas, ya que posterior a este periodo no se tendrán en cuenta los reconocimientos.

VIII. Reunión CIARP asignación de puntos salariales

El Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje – CIARP, en sesión programada para el 23 de octubre de 2015, se reunirá con el fin de reconocer los puntos a asignar para los profesores que se contratarán durante el I y II período académico del 2016, según las hojas de vida y actualizaciones de las mismas entregadas en este despacho por parte de las Decanaturas. No se realizarán reconocimientos de puntos para efectos salariales las actualizaciones que lleguen a la Vicerrectoría Académica después del 1 de octubre de 2015, será responsabilidad de las jefaturas del departamento y las decanturas cumplir con este propósito.

IX. Solicitud liquidación salarial profesores temporales

Hasta el 3 de noviembre de 2015, la Vicerrectoría Académica solicitará mediante oficio dirigido a la División de Gestión del Talento Humano, la liquidación de los puntos salariales asignados para los profesores temporales a contratar durante el I y II período académico del 2016.

Periodos a contratar para Temporales


Temporales

I de 2016

II de 2016

Ocasionales

Desde el 8 de febrero al 17 de junio de 2016 ( 19 semanas)

Desde el 8 de agosto a 9 de diciembre de 2016 (18 semanas)

Catedráticos

Desde el 8 de febrero al 10 de junio de 2016 (18 semanas)

Desde el 8 de agosto al 2 de diciembre de 2016 (17 semanas)


Nota: Para el I periodo académico de 2016, la suspensión de actividades académicas de Semana Santa están programadas del 21 al 25 de marzo de 2016.

X. Solicitud viabilidad financiera y presupuestal

La Vicerrectoría Académica expedirá la viabilidad financiera que permita la contratación de los profesores temporales requeridos para el I y II periodo académico del año 2016 (Hasta el 4 de noviembre de 2015).

XI. Aprobación contratación por el Consejo Superior Universitario

La Vicerrectoría Académica solicitará ante la Rectoría de la Universidad y el Honorable Consejo Superior, el 4 de noviembre de 2015 la aprobación de la contratación de profesores temporales para el I y II período académico de 2016.

XII. Legalización de la contratación de profesores temporales en la División de Gestión del Talento Humano

Entre el 12 y 16 de enero de 2016 los profesores temporales autorizados por el Consejo Superior podrán adelantar ante la División Gestión del Talento Humano los trámites relacionados con la legalización de su vinculación con la Universidad.

Nota: Son las unidades académicas quienes deben verificar que los docentes solicitados realicen la legalización de la vinculación con antelación al inicio de clases. Se entenderá por novedad docente: Hechos de extrema gravedad o calamidad comprobada.

XIII. Ajustes e informes de novedades docentes II Periodo Académico 2015

Para el II periodo académico de 2016, las novedades docentes y solicitud de nuevas vinculaciones se realizarán desde el 18 de abril al 21 de mayo de 2016.

El seguimiento puntual a la programación señalada para el proceso de asignación y aprobación de la Labor Académica, garantiza el cumplimiento de la planeación académica y el inicio normal de las actividades programadas para el I y II período del año 2016.

Universitariamente,


(Original firmada)
EDGAR VELÁSQUEZ RIVERA
Vicerrector Académico


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 25 de agosto de 2015.
 

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