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Circulares

Octubre 29 / 2015

Circular sobre cambios en procedimientos para registro de proyectos de investigación en la VRI

Número del documento: 001
Emitido por: Vicerrectoría de Investigaciones
Dirigido a: Comunidad universitaria

FECHA: Popayán, 29 de octubre de 2015.

PARA: Decanos, Comités de Facultad para la Investigación y Posgrados, Departamentos y Jefes de Divisiones de la VRI.

ASUNTO: Cambio en procedimientos para registro de proyectos de investigación en la VRI según el Acuerdo Superior N° 015 de 2015.

Cordial saludo.

1. Todo proyecto de investigación, cualquiera sea su modalidad (de desarrollo interno, de financiación interna, de financiación externa), debe diligenciar, completamente y sin eliminar ninguno de la campos, el formato “Resumen de proyecto- Instructivo” (Código PM-IV-6.1-FOR 6) y adjuntar todos los anexos detallados en dicho formato.

2. Los proyectos de investigación deben presentarlos inicialmente a los Departamentos donde estén adscritos los docentes que van a participar en la investigación con el fin de obtener el aval de Departamento.

3. El jefe del Departamento incluirá, en la agenda de reuniones, la sustentación de los proyectos presentados por los docentes integrantes del mismo, y una vez sea aprobado el aval diligenciará el formato “Pre-evaluación de proyectos de investigación a diligenciar por los departamentos” (Código PM-IV-6.1-FOR 1) y escribir el número de acta y fecha de la reunión en que fue aprobado dicho aval.

4. Posteriormente el Director del proyecto solicitará a su correspondiente Comité de Facultad para la Investigación y Posgrados la revisión y aval del proyecto de investigación, adjuntando todos los formatos y soportes necesarios.

5. Simultáneamente el Director del proyecto enviará digitalmente los mismos documentos a la VRI para que se tramiten los avales éticos, cuando aplique, y de propiedad intelectual. La dirección de correo electrónico oficial para enviarlos es vri@unicauca.edu.co.

6. El Comité de Facultad para la Investigación y Posgrados, después de estudiar el proyecto y aprobar su aval, remitirá toda la documentación en medio físico a la Vicerrectoría de Investigaciones con el formato “Aval a proyecto de Investigación por Comité de Facultad para la Investigación y Posgrados” (que se adjunta porque está en trámite de registro en Calidad), para que el Vicerrector apruebe su registro en el Sistema de Información de la VRI.

7. Si el proyecto no es aprobado o el Comité de Facultad para la Investigación y Posgrados le hace observaciones, el Director del proyecto debe hacer los ajustes necesarios y presentarlo nuevamente hasta cuando le sea aprobado el aval.

8. En la Vicerrectoría de Investigaciones se procederá a adjuntar los avales ético, cuando aplique, y de propiedad intelectual para proceder a su respectivo registro y al trámite de la firma de aval institucional cuando se requiera para los proyectos de financiación externa.

9. Cuando los proyectos son de financiación externa, los Directores de los proyectos deben acordar unos flujos de efectivo que garanticen contar con el recurso monetarios suficiente y oportuno para el pago de las obligaciones que surjan dentro de la ejecución del proyecto de investigación. Es importante precisar que la Universidad del Cauca no puede hacer pagos con recursos propios o de otros proyectos de investigación.

10. Todas las actividades de ejecución y presentación de informes técnicos y financieros se mantienen como se han venido realizando hasta la fecha.

Estos cambios empezarán a regir a partir del primero (1°) de noviembre de dos mil quince (2015).

Universitariamente,


Original firmado
Alfonso Rafael Buelvas Garay
Vicerrectora de Investigaciones


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 9 de octubre de 2015.
 

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