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Resoluciones

Abril 25 / 2016

Resolución R-384 de 2016 (no incrementar valor de inscripción a programas regulares y de regionalización)

Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por la cual se toma una medida administrativa.

El Rector Delegatario de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y


Considerando


Que la Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la educación superior señala en su artículo 28, que las Universidades pueden darse y modificar sus propios estatutos, designar autoridades académicas y administrativas, en razón a la Autonomía Universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia.

Que mediante Acuerdo 002 de 1994, la Universidad del Cauca, fijo los derechos pecuniarios para exámenes extraordinarios, derechos de secretaria y otros, en la cual se establece que el valor de la inscripción, vía internet para el público en general, debe ser con una tarifa del 0.145 de un salario mínimo.

Que mediante Acta de Comité de Dirección, de fecha 25 de enero de 2016, se llegó a común acuerdo, frente a la conservación del valor establecido para el pago de los derechos de inscripción vía internet del público en general, toda vez que la Universidad del Cauca, no busca lucrarse con las actividades desarrolladas en estos programas, por el contrario, permite que las diferentes ramas del conocimiento, sean estudiadas y analizadas por todos los estudiantes que conforman nuestro Departamento.

Que la Universidad del Cauca se ha comprometido con la cobertura en la educación superior, con calidad, pertinencia y eficiencia a fin de generar mayores oportunidades de progreso para las diferentes regiones que conforman el Departamento del Cauca.

Con el fin de brindar mayores oportunidades académicas a la comunidad en general y en aras de continuar con el proceso de regionalización ofertado por la Institución hace más de dos años, se requiere encontrar un punto de equilibrio, en el valor establecido para el pago de los derechos de inscripción vía internet.

Que mediante oficio 2.4.18.4/315 de fecha 14 de abril de 2016, el Dr. Fredy Eduardo López Daza, Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional otorga viabilidad económica y financiera, a fin de que los derechos de inscripción para los diferentes programas regulares de pregrado y de Regionalización, para la vigencia 2016 permanezcan estables a precios de 2015.

Dado lo anterior, se hace necesario no incrementar el valor de la inscripción en los programas regulares de pregrado y de Regionalización ofertados por la Institución, con el ánimo de generar mayor sostenibilidad para toda la comunidad estudiantil que hace parte de estos grupos especiales, donde los valores a cobrar deben ser analizados desde la realidad económica del País.

En mérito de lo expuesto,


Resuelve


Artículo primero: No incrementar el valor de la inscripción para los programas regulares de pregrado y de regionalización ofertados por la Universidad del Cauca.

Artículo segundo: Realizar el cobro de los derechos de inscripción para los estudiantes regulares de los programas académicos y de regionalización ofertados por la Universidad del Cauca, al mismo costo de la vigencia 2015.


Comuníquese y cúmplase


Se expide en Popayán, a los veinticinco (25) días del mes de abril de 2016.


(Original firmada)
EDGAR DE JESÚS VELÁSQUEZ RIVERA


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 28 de abril de 2016.
 

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