Octubre 4 / 2013
Resolución N° R- 623 DE 2013, sobre elección de representante de Directivas Académicas en Consejo Superior
Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria
Por la cual se convoca la elección del representante de las Directivas Académicas en el Consejo Superior de la Universidad del Cauca.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA de conformidad con el Acuerdo 0105 del 18 de diciembre de 1993, artículo 23, numeral 16 y artículo 10, literal d) expedido por el Consejo Superior, y
C O N S I D E R A N D O :
La representación de la Directivas Académicas en el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, Ingeniero JULIO CÉSAR DIAGO FRANCO, vence el día 23 de octubre de 2013,
R E S U E L V E :
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a los Decanos, Director del Centro de Posgrados y Jefes de Departamento de la Universidad del Cauca para que por medio del voto universal, uninominal y secreto elijan, de entre ellos, el Representante de las Directivas Académicas en el Consejo Superior de la Universidad del Cauca para un período de dos (2) años que regirá a partir del 24 de octubre de 2013.
ARTÍCULO SEGUNDO: fijar como plazo para la inscripción de candidatos a esta representación el día 07 al 15 de octubre de 2013 a las 4:00 p.m. en la Secretaria General de la Institución.
ARTÍCULO TERCERO: fijar la elección para el día 29 de octubre de 2013 en el horario de 8:00 a.m. a 4.00 p.m. en la mesa única ubicada en la secretaría general de la universidad del cauca, situada en el claustro de santo domingo, calle 5 no. 4 70, oficina 207.
Las inscripciones de los candidatos deberán realizarse por medio de memorial dirigido a la Secretaría General de la Universidad del Cauca con la manifestación expresa de participar en el proceso.
ARTÍCULO CUARTO: Son causales de inhabilidad para ser elegido representante o para ejercer la representación.
a. La pérdida de la calidad de directivo (Decano, Director del Centro de Postgrado o Jefe de Departamento)
b. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.
c. Sanción penal o disciplinaria.
ARTÍCULO QUINTO: Son causales de vacancia de la representación de las Directivas Académicas a que se refiere esta convocatoria.
a. El vencimiento del período
b. La renuncia del representante
c. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.
ARTÍCULO SEXTO: La votación se entenderá colmada a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La División de Gestión del Talento Humano suministrará los listados de los Jefes de Departamento para la correspondiente votación.
ARTÍCULO OCTAVO: Designar el siguiente jurado de Votación.
a. La Profesional Especializada de la División de Gestión del Talento Humano
b. El Jefe de la Oficina Jurídica o a quien ella designe
c. El Secretario de la Facultad de Ingeniería Civil
ARTÍCULO NOVENO: El jurado levantará un acta de apertura, desarrollo y escrutinio electoral e informará a la Secretaría General el resultado. Igualmente, llevará un registro de sufragantes.
ARTÍCULO DÉCIMO: Serán inexistentes los actos electorales que incumplan el procedimiento señalado en el presente acto.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La presente rige a partir de la fecha de su expedición.
C O M U N Í Q U E S E Y C Ú M P L A S E
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los cuatro (04) días del mes de octubre de 2013.
JUAN DIEGO CASTRILLÓN ORREGO
Rector.