Por la cual se adopta el mapa de procesos de la Universidad de la Caucay se deroga la resolución 1365 del 6 de diciembre del 2017.
El Rector de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente que le confieren la ley 872 de 2003 que organiza el Control Interno, la ISO 9001:2015, y
Considerando
Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia prescribe la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno, cuyo desarrollo se encuentran principalmente en la ley 87 de 1993 y su Decreto Reglamentario 1537 de 2001.
Mediante la Resolución 802 de 2011, la Rectoría adoptó el Sistema Integrado de Gestión de la Universidad del Cauca, basado en el Modelo de Operación por procesos.
Que con la Resolución 1015 de 2014 se adoptó el mapa de procesos de la Universidad del Cauca, el cual se requiere ajustar.
Mediante Acuerdo 051 de 2015 del Consejo Superior, se creó el Centro de Gestión de Calidad y Acreditación Institucional.
Que en el Acuerdo Superior 001 de 2016 se establecen las responsabilidades del mismo Centro; entre ellas, la de direccionar el sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión de Calidad y Acreditación Institucional.
En mérito de lo expuesto,
Resuelve
Artículo Primero: Entender por proceso al conjunto de actividades que interactúan para generar valor y transforma los elementos de entrada en resultados y entender por procedimiento, la forma específica para llevar a cabo una actividad o un proceso.
Artículo Segundo: El mapa de procesos institucional se constituye en una herramienta que permite a la comunidad universitaria, identificar las responsabilidades en los procesos que se desarrollan para administrar las actividades misionales de docencia, investigación, innovación e interacción social, las cuales constituyen la razón de ser de la Universidad del Cauca.
Artículo Tercero: Ajustar la estructura del mapa de procesos institucional que orienta el Sistema Integrado de Gestión para la Acreditación Institucional –SIGA- de la siguiente manera:
Procesos Estratégicos: son los que ejecutan la planeación, seguimiento y control a todos los procesos de la Universidad del Cauca. Estos procesos garantizan el direccionamiento estratégico de la Universidad (Misión, Proyecto Institucional, Visión, Plan de Desarrollo Institucional, política, objetivos y estrategias), y acompañan la implementación y permanente mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión para la Acreditación, desde el direccionamiento Estratégico que involucra:
Gestión de la Dirección Universitaria
Gestión de la Planeación y desarrollo Institucional
Gestión de la Calidad (Involucra Acreditación y Certificación)
Procesos Misionales: Son los responsables del cumplimiento de la formación del talento humano a través de los procesos:
Gestión académica
Gestión de la investigación, innovación e Interacción social.
Procesos de Apoyo: Son los que se encargan de proveer los recursos a todos los procesos, con el fin de que cumplan con la misión institucional y con los requisitos establecidos para cada uno de estos. Estos procesos garantizan el suministro de recursos humanos, tecnológicos, financieros y logísticos, igualmente, velan por la implementación permanente del mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión para la Acreditación y están conformados por:
Gestión de cultura y bienestar, y
Gestión administrativa y financiera.
Procesos de Evaluación: Son los que permiten valorar en forma permanente, la efectividad del control interno de la institución, la eficacia, la eficiencia y la efectividad de los procesos, el cumplimiento de ejecución de los planes y programas, los resultados de gestión, así como detectar desviaciones, establecer tendencias y generar recomendaciones para orientar las acciones de mejoramiento de la Universidad, mediante:
Gestión de Control y Mejoramiento continuo
Artículo Cuarto: El centro de gestión de la calidad y acreditación institucional propondrá las actualizaciones al mapa de procesos institucional en la medida en que se vaya desarrollando e implementando los diferentes componentes del sistema integrado de gestión para la acreditación.
Artículo Quinto: Vigencia y Derogatoria: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en particular la resolución R- 1365 de 2017.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Popayán, a los 8 del mes de febrero del año 2018
JOSE LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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