Por la cual se suspende el conteo de términos de los procesos, solicitudes, trámites y diligencias adelantadas presentadas y tramitadas por y ante la Universidad del Cauca.
El Rector Delegatario de la Universidad del Cauca, en uso de sus competencias legales y estatutarias, y especialmente las conferidas en el inciso primero del artículo 23 del Acuerdo Superior de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad del Cauca mediante acuerdo académico estableció el calendario para el primer periodo académico o semestre del año 2019, estableciendo en la parte final de su artículo primero que el período de vacaciones colectivas de mitad de año 2019 comprendería del 12 de agosto al 30 de agosto de 2019.
Que el goce de las vacaciones colectivas conlleva como consecuencia que la totalidad de las dependencias universitarias cesen sus actividades durante el período vacacional, imposibilitando el trámite de los diferentes procesos, diligencias, solicitudes y demás adelantadas por y ante el Alma Mater.
En mérito de lo expuesto anteriormente,
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Suspender el conteo de los términos de todos los procesos, solicitudes, peticiones y en general todas las diligencias y trámites adelantados por y ante la Universidad del Cauca, durante el período de vacaciones colectivas de mitad de año 2019, comprendido entre el 12 de agosto al 30 de agosto de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DEIBAR RENÉ HURTADO HERRERA
Rector Delegatario
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