Los estudiantes de los programas de pregrado que perdieron el derecho a continuar sus estudios, podrán acogerse hasta el 4 de abril en el proceso de amnistía aprobado por el Consejo Superior y reglamentado por el Consejo Académico de la Universidad del Cauca.
Hasta el viernes 4 de abril de 2020, los estudiantes de programas de pregrado de la Universidad del Cauca que hayan perdido el derecho a continuar sus estudios, podrán acogerse a la amnistía que fue aprobada por el Consejo Superior mediante Acuerdo Superior 083 de 2019 [2] y reglamentada por el Consejo Académico a través del Acuerdo Académico 010 de 2020 [3].
De acuerdo con estos actos administrativos, los aspirantes podrán postularse por una única vez para obtener el beneficio de la medida transitoria dentro de las fechas establecidas en el calendario para el trámite de reingreso por amnistía que expida el Consejo Académico, presentando ante la División de Admisiones, Registro y Control Académico el comprobante de pago de los derechos de inscripción y el formulario dispuesto para tal fin, debidamente diligenciados.
La presentación voluntaria de esta solicitud implica la aceptación de los términos previstos en este acuerdo para el beneficio de reingreso por amnistía y de los reglamentos universitarios vigentes. Es condición necesaria para el estudio de solicitud de reingreso por amnistía, estar a paz y salvo por todo concepto con la Universidad del Cauca. No se tramitarán por ningún motivo solicitudes de reingreso presentadas por fuera de los términos establecidos.
Foto: Centro de Gestión de las Comunicaciones
El Consejo Académico indica que los requisitos para acceder a este beneficio son:
1. Solicitar el reingreso para un programa de pregrado con registro vigente ante el Ministerio de Educación Nacional y cohorte activa para el segundo periodo académico de 2020.
2. Haber tenido vínculo con la Universidad del Cauca bajo la calidad de estudiante de pregrado, de segundo semestre en adelante y que, por razones de índole académica, conforme al Reglamento Estudiantil, haya perdido el derecho a continuar estudios entre enero de 2009 y enero de 2020.
3. No tener sanciones disciplinarias vigentes.
4. Estar a paz y salvo por todo concepto con la Universidad.
5. No ser beneficiado de otra amnistía académica en el mismo programa de pregrado.
6. Pagar los derechos pecuniarios establecidos para el trámite de reingreso por amnistía.
Así mismo, el Consejo Académico indica que en caso de que la(s) asignatura(s) que ocasionaron la pérdida al derecho de continuar estudios se hubieren suprimido o modificado en el plan de estudios vigente, el Consejo de Facultad deberá indicar, previo concepto del Comité de Programa, los contenidos, ajustes, equivalencias y homologaciones a que hubiere lugar, con el fin de garantizar la actualización y los propósitos de formación previstos para el programa académico y el Proyecto Educativo Institucional.
Foto: Centro de Gestión de las Comunicaciones
En articulación con la Vicerrectoría de Cultura y Bienestar y el programa PermaneSer, cada Facultad deberá implementar y aplicar las medidas indispensables para el acompañamiento integral de los beneficiarios del reingreso por amnistía.
Finalmente se indica que los asuntos, dudas, aclaraciones o controversias referidos a la aplicación del presente acuerdo serán resueltos en primera instancia por el Consejo de Facultad y en segunda instancia por el Consejo Académico.
Mayores informes
Vicerrectoría Académica
Teléfono: 8209900 Ext. 1115
Correo electrónico: viceacad@unicauca.edu.co [4]
C.S. Pilar Campos - Centro de Gestión de las Comunicaciones - Tel. 8209800 Ext.2453 - comunicaciones@unicauca.edu.co
C.S. Carlos Alberto Pérez - digital@unicauca.edu.co - Tel. 8209800 Ext. 2482
Enlaces:
[1] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/noticias?categoria=338
[2] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/acuerdos/acuerdo-superior-083-de-2019-por-el-cual-se-establece-una-medida-transitoria-para-otorgar-el-derecho
[3] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/acuerdos/acuerdo-acad%C3%A9mico-010-de-2020-reglamenta-una-medida-transitoria-para-otorgar-el-derecho-continuar-es
[4] mailto:viceacad@unicauca.edu.co
[5] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/24321
[6] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/24321