Por el cual se modifica el régimen de matrículas de un programa académico de pregrado.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones estatutarias conferidas por el Acuerdo 0105 del 18 de diciembre de 1993 y
ARTÍCULO PRIMERO: A partir de la fecha del presente acto administrativo, los derechos pecuniarios del programa académico de pregrado LICENCIATURA EN ETNOEDUCACIÓN se liquidarán de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo 049 del 6 de agosto de 1998.
ARTÍCULO SEGUNDO: Enviar copia de la presente providencia a la Rectoría, Vicerrectorías Académica y Administrativa, Oficina de Planeación, División de Sistemas, División de Admisiones, Registro y Control Académico, División Financiera, Centro de Educación Abierta y a Distancia.
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