Por el cual se regula el género en todos los títulos profesionales que expida la Universidad del Cauca
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones estatutarias conferidas por el Acuerdo 0105 del 18 de diciembre de 1993 y
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar, a partir de la fecha, los títulos profesionales adecuados al género del graduando.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los actuales títulos profesionales y los que en un futuro apruebe la Institución deberán expresarse en masculino y/o femenino, en tanto que el respectivo nombre del título lo permita.
ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia de la presente providencia al ICFES, a la Rectoría, Vicerrectoría Académica, Oficina de Planeación, División de Sistemas, División de Admisiones, Registro y Control Académico, Facultades y Oficina de Prensa.
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