Por medio de la cual se adiciona un artículo transitorio a la Resolución 1456 [1] de 29 de diciembre de 2017.
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 064 de 2008 y,
CONSIDERANDO:
La Constitución Política de Colombia en su artículo 69 garantiza la autonomía universitaria. Esta libertad de acción está definida en la Ley 30 de 1992 y reconoce a las universidades el derecho de establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional entre otras.
El Artículo 92 del Acuerdo 064 de 2008 por medio del cual se establece el Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca, autoriza al Rector para que, sin perjuicio de sus facultades legales y estatutarias, reglamente los procedimientos, fije costos y derechos si fuere necesario, para la adecuada y ágil aplicación de dicho acuerdo.
Mediante la Resolución R - 1456 [1] de 29 de diciembre de 2017, se establece la tabla de honorarios para los contratos de prestación de servicios suscritos por la Universidad del Cauca, los cuales se tasan en salarios mínimos legales vigentes.
Se hace necesario incluir un artículo transitorio al acto administrativo que nos ocupa determinando que para lo que resta del presente año y la vigencia 2022, se calcularàn los honorarios con el salario mínimo legal correspondiente al año 2020.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adiciónese un artículo transitorio a la resolución 1456 de 29 de diciembre de 2017, por la cual se establece la tabla de honorarios para los contratos de prestación de servicios suscritos por la Universidad del cauca, al siguiente tenor.
ARTÍCULO TRANSITORIO: Los honorarios de los contratos de prestación de servicios suscritos por la Universidad del Cauca para lo que resta del presente año y la vigencia 2022, se calcularan con el salario mínimo legal correspondiente al año 2020 ($ 877.803).
PARAGRÁFO: Para efectos de lo anterior los supervisores de los contratos de prestación de servicios deberán enviar a la Vicerrectoría Administrativa, solicitud por escrito indicando el valor a adicionar, una vez se haya suscrito el respectivo otrosí, y aprobado la modificación de la póliza de garantía constituida por el contratista se causará la modificación de los honorarios de manera proporcional a los días ejecutados.
ARTÍCULO SEGUNDO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Se expide en Popayán, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de 2021.
Original firmado
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Enlaces:
[1] https://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-1456-de-2017-por-medio-de-la-cual-se-reglamenta-la-contrataci%C3%B3n-de-prestaci%C3%B3n-de-se
[2] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/27964
[3] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/27964
[4] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?categoria=96
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