Por la cual se define el procedimiento, el cronograma para la presentación de ternas de aspirantes al cargo de Decano de las Facultades y se fija la fecha de su designación.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias conferidas por el artículo 23, numeral 7° del Acuerdo número 0105 de 1993, expedido por el Honorable Consejo Superior Universitario, y
C O N S I D E R A N D O:
1. Se encuentran en ejercicio temporal por encargo las Decanaturas de las Facultades de Ciencias de la Salud; Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación; Ciencias Humanas y Sociales; Ingeniería Civil y Derecho y Ciencias Políticas y Sociales.
2. La Dirección Universitaria, comprometida con la promoción de procesos participativos de la Comunidad Académica, exhorta a los Consejos de Facultad a configurar un listado de aspirantes a Decano de Universidad de las facultades, arriba mencionadas, con no menos de tres (3) nombres.
3. Por competencia otorgada en el artículo 23, numeral 7° del Acuerdo 0105 de 1993, es necesario definir el procedimiento de presentación de ternas por parte de la Rectoría, de candidatos a Decano de las Facultades, ante el Honorable Consejo Superior, quien hará la designación correspondiente.
R E S U E L V E :
ARTICULO PRIMERO: Estructurar el proceso para la presentación de ternas de aspirantes a Decano de las Facultades de Ciencias de la Salud; Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación; Ciencias Humanas y Sociales; Ingeniería Civil y Derecho y Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca, en los siguientes términos:
1. Difusión del proceso. Para la conformación de listas de aspirantes a Decano de las precitadas Facultades de la Universidad del Cauca, la Rectoría utilizará diversos medios para hacer conocer la presente resolución, la filosofía y el espíritu universitario que debe prevalecer durante el proceso.
2. Inscripción de candidatos. Mediante comunicación escrita y personal al Consejo de la respectiva Facultad, el docente que cumpla con los requisitos previstos en el artículo 2° de la presente resolución y aspire prestar sus servicios como Decano de Facultad, debe inscribir su nombre como candidato, ante la Secretaría General de la respectiva Facultad. Anexar su propuesta de trabajo concordante con el Proyecto Educativo Institucional -P.E.I.- y los propósitos de trabajo para el ejercicio rectoral, período 2006-2009.
3. Difusión de propuestas. Los aspirantes a Decano podrán exponer sus propuestas públicamente ante profesores, estudiantes y administrativos de la Facultad, en fecha y con la metodología concebida por el respectivo Consejo de Facultad.
4. Configuración de ternas. El Consejo de Facultad levantará un acta suscrita por los miembros de éste, indicando los nombres de los candidatos inscritos (organizados alfabéticamente) y dejando constancia del cumplimiento o no de los requisitos, y la remitirá al Rector con todos los soportes, quien de dichos aspirantes, escogerá la terna que será presentada ante el Consejo Superior, en cumplimiento del artículo 23, numeral 7° del Acuerdo 0105 de 1993.
5. Designación de Decanos. El Rector de la Universidad presentará a consideración del Honorable Consejo Superior la terna de candidatos a Decano de Facultad, para su designación.
ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el artículo 42 del Acuerdo número 0105 de 1993, Estatuto General de la Universidad del Cauca, son requisitos para ser Decano de Facultad y aspirar al cargo:
1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio o extranjero con residencia legalizada y autorizado para trabajar en Colombia.
2. Tener título universitario. Los títulos obtenidos en el extranjero deben estar debidamente convalidados con las autoridades colombianas competentes.
3. Haber ejercido la docencia universitaria de tiempo completo o su equivalente, por espacio mínimo de cinco (5) años.
4. Estar vinculado como docente escalafonado, de tiempo completo y adscrito a cualquiera de los departamentos de la respectiva Facultad.
5. No haber sido sancionado penalmente o con suspensión en el ejercicio del cargo por sanción disciplinaria, durante los cinco (5) años anteriores a la designación.
PARAGRAFO. La División de Recursos Humanos certificará la acreditación de las calidades establecidas en este artículo.
ARTICULO TERCERO: Establecer el siguiente cronograma de actividades a realizar en la presentación de ternas de aspirantes a Decano de las Facultades mencionadas en el artículo primero.
Inscripción de candidatos. Fecha límite: miércoles 07 de junio de 2006, a las 6:00p.m.
Configuración de ternas: El jueves 15 de junio de 2006.
Designación de Decanos: El martes 20 de junio de 2006.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veintidos (22) días del mes de mayo de dos mil seis (2006)
DANILO REINALDO VIVAS RAMOS
Rector
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