En el marco del subsidio 100% a la matrícula financiera otorgado a estudiantes de pregrado de la Universidad del Cauca incluidos todos los estratos socioeconómicos, para el periodo académico 2021-1, se informa a la comunidad universitaria los lineamientos a seguir para adelantar trámites de reintegro por concepto de pago efectuado para el mencionado periodo.
1. Descargar en la página institucional el formato de solicitud de reintegro o cruce de cuentas: PA-GA-5.2-FOR-3 Solicitud de Reintegro o Cruce de Cuentas V2.docx [1].
A. El estudiante deberá diligenciar los siguientes campos del formato:
- Dirigido a: Cielo Pérez Solano
- Cargo: Vicerrectora Administrativa
- Nombre del solicitante, Documento de identidad, dirección, Teléfono fijo, Celular, correo electrónico: se deberá diligenciar con la información personal del estudiante solicitante.
- Información de la cuenta bancaria: Únicamente si el estudiante solicitante es el titular de la cuenta, de lo contrario no deberá registrar ninguna información en los siguientes campos.
N° cuenta bancaria
Nombre Entidad Bancaria solicitante
Nombre a quien pertenece la cuenta bancaria
(Aplica Daviplata, Bancolombia ahorros a la mano, Nequi y demás cuentas bancarias. Se exceptúa las cuentas de cooperativas)
Objeto: Marcar con una X en el campo denominado “Devolución”
Justificación: Aprobación del subsidio 100% a la matrícula financiera del periodo académico 2021-1.
Nombre Banco donde realizó el depósito: Se debe indicar la entidad en la cual se efectuó la consignación de los recursos por concepto de pago de matrícula financiera del periodo académico 2021-1.
2. Adjuntar copia del recibo de pago de matrícula, documento de identidad del estudiante y certificación de la cuenta bancaria donde el estudiante desea que le hagan la consignación.
3. La radicación de toda la documentación deberá hacerse en la Calle 5 N° 4-70 primer piso – VENTANILLA ÚNICA, en los días y horarios de presencialidad descritos en el artículo segundo de la Resolución N° R – 0463 de 2021, la cual puede consultarse en el link:http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-0463-de-2021-por-la-cual-se-ordena-una-medida-administrativa [2]
Nota: Los estudiantes que no tengan cuenta bancaria registrada a su nombre, se les efectuará el reintegro de recursos mediante cheque, el cual será notificado mediante correo institucional una vez sea expedido.
A partir del 21 de octubre de 2021 se iniciará el recibo de solicitudes de reintegro. La documentación para reintegros de los periodos académicos 2020-1 y 2021-1 debe entregarse en medio físico.
Universitariamente,
CIELO PEREZ SOLANO
Vicerrectoría Administrativa
Proyectó: Lina Trochez, Vicerrectoría Administrativa
Enlaces:
[1] http://facultades.unicauca.edu.co/prlvmen/sites/default/files/documentos/formatoDeUsoComun/PA-GA-5.2-FOR-3%20%20Solicitud%20de%20Reintegro%20o%20Cruce%20de%20Cuentas%20V2.docx
[2] http://www.unicauca.edu.co/versionP/documentos/resoluciones/resoluci%C3%B3n-r-0463-de-2021-por-la-cual-se-ordena-una-medida-administrativa
[3] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/printmail/28145
[4] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/print/28145
[5] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?categoria=93
[6] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/documentos?tags[]=
[7] https://portalantiguo.unicauca.edu.co/versionP/javascript: history.back()