Por el cual se fija el valor de los derechos pecuniarios de matrícula del Programa de Postgrado ESPECIALIZACIÓN EN ESTADÍSTICA.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio del Acuerdo No. 0105 del 18 de Diciembre de 1993, Artículo 13, numeral 9
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar en doce (12) salarios mínimos mensuales legales vigentes el valor total de los derechos pecuniarios de matrícula para los estudiantes del programa de Postgrado Especialización en Estadística de la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación de la Universidad del Cauca.
ARTÍCULO SEGUNDO: Enviar copia de la presente providencia a la Vicerrectoría Académica, División Financiera, División de Sistemas, División de Admisiones, Registro y Control Académico, Oficina de Planeación y la Facultad de Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los diez (10) días del mes de junio de dos mil tres (2003).
CARLOS EDUARDO CRUZ LÓPEZ
Presidente
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