• Documentos Públicos


Acuerdos

Noviembre 24 / 2008

Acuerdo No. 069 de 2008

Número del documento: 069
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Aspirantes

Por el cual se fijan los criterios de selección y el puntaje mínimo de admisión a partir del primer periodo académico de 2009 para los programas de pregrado que ofrece la Universidad del Cauca.

EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de su competencia funcional, y

CONSIDERANDO:


1-
En sesión del 14 de octubre de 2008, el Consejo Superior recomendó al Consejo Académico adelantar las acciones pertinentes con el fin de realizar sus propias pruebas de admisión.
2- En sesión del 28 de octubre de 2008, el Consejo Superior, dio el aval para la realización de pruebas propias para ingreso a los programa de pregrado de la universidad del Cauca mediante convenio con la Universidad Nacional de Colombia para el I y II periodos académicos de 2009.
3- En sesión del 5 de noviembre de 2008, el Consejo Académico estudió y aprobó el proceso de admisión para los aspirantes a los programas de pregrado que ofrece la Universidad del Cauca.
4- En dicha sesión, se establecieron los criterios de selección para los aspirantes a ingresar al primer semestre, teniendo en cuenta los resultados de los exámenes de admisión internos que presenten los inscritos a partir del primer período académico de 2009.

En consecuencia,

ACUERDA:


ARTÍCULO PRIMERO: Los aspirantes podrán inscribirse con un mismo Número de Identificación Personal (PIN), asignado por la Universidad del Cauca, hasta en dos programas de los ofrecidos por la institución para el respectivo periodo académico. El primer programa que registre el aspirante en el sistema, se tomará como primera opción y podrá escoger de los restantes programas una segunda opción.

PARÁGRAFO: De los programas ofrecidos en cada periodo académico y de acuerdo con el número de inscritos que se hayan tenido en periodos anteriores, se clasificará el 25% como de mayor demanda y el 75% restante como de menor demanda. No se permitirá la inscripción como segunda opción de alguno de los programas clasificados como de mayor demanda.

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar a partir del primer período académico de 2009, el puntaje mínimo de admisión en el cincuenta (50%) por ciento del puntaje más alto, obtenido en los exámenes que realizará la Universidad del Cauca, para la admisión de los aspirantes a los programas de pregrado.

ARTÍCULO TERCERO: La asignación de cupos será en estricto orden de puntaje hasta completar el cupo con los aspirantes que hayan seleccionado el programa como prioritario.

PARÁGRAFO:
Los inscritos no admitidos en el programa de primera opción podrán ser seleccionados en el programa de segunda opción previo cumplimiento de lo indicado en artículo segundo del presente Acuerdo, siempre y cuando no se llene el cupo con los aspirantes que seleccionaron un determinado programa como primera opción. La asignación de cupos será en estricto orden de puntaje hasta completar el cupo fijado en el programa.

ARTÍCULO CUARTO: Si en algún programa no hay aspirantes que reúnan el requisito mínimo de admisión establecido del cincuenta (50%) por ciento, el Comité de Admisiones, estudiará la viabilidad de bajar el puntaje mínimo de admisión para cubrir los cupos.

ARTÍCULO QUINTO: El Comité de Admisiones estará conformado por: El Vicerrector Académico, que lo presidirá, tres representantes de los Decanos y el Jefe de la División de Admisiones, Registro y Control Académico (DARCA).

ARTÍCULO SEXTO: En caso de empate entre aspirantes, este se definirá en favor de aquel que obtenga el mayor puntaje en las áreas de conocimiento según la prelación dada para cada uno de los programas así:

Descargue aquí la información de criterios para puntajes iguales (20 K)

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO OCTAVO: Remitir copia del presente a las Vicerrectorías Académica y Administrativa, las Facultades, Divisiones de Admisiones Registro y Control Académico, Sistemas, Financiera y Prensa.º

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Expedida en Popayán a los 24 días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).

DANILO REINALDO VIVAS RAMOS
Presidente


 

Publicado en: Acuerdos
Etiquetas: admisión, pregrado

Buscar documentos por:

Tipo de documento:
Emitidos desde:
hasta:
Emitido por:
Palabras clave (etiquetas):
UNIVERSIDAD DEL CAUCA Horario de Atención Lunes a Jueves 8:00am a 5:00 pm - Viernes 8:00 am a 4:00 pm Correo denuncias: quejasreclamos@unicauca.edu.co Calle 5 Nº 4-70 - Teléfono +57 (602) 8209900 - Línea gratuita 018000 949020 NIT 891500319-2 - Popayán Colombia - Vigilada Mineducación