DIRIGIDO A: VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA, VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES, DECANOS(AS) DE FACULTAD, JEFES (AS) DE DEPARTAMENTO.
DE: VICERRECTORÍA ACADÉMICA – DIVISIÓN DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO.
ASUNTO: Suspensión de vacaciones a profesores (as) investigadores (as) de planta en proyectos activos del Sistema General de Regalías y proyectos de financiación externa.
FECHA: 21 de noviembre de 2023
La Vicerrectoría Académica considerando que:
1. La Vicerrectoría Administrativa con Resolución VADM - 4777 de 2023 autorizó el periodo vacacional de los profesores desde el 26 diciembre de 2023 hasta el 09 de enero de 2024.
2. Profesores (as) investigadores (as) han expresado a la Vicerrectoría de Investigaciones la necesidad de continuar con el normal desarrollo de los proyectos de ciencia, tecnología, innovación, transferencia y creación que la Universidad realiza en el marco del Sistema General de Regalías y con financiación externa.
3. Es deber de la Universidad del Cauca prever las medidas administrativas necesarias para atender lo preceptuado en el Acuerdo Superior 064 de 2008 – Estatuto de Contratación de la Universidad del Cauca, en lo relativo a las funciones derivadas de la supervisión contractual de la Universidad en calidad de contratista, la responsabilidad de los servidores públicos universitarios y de los consultores, interventores, supervisores y asesores externos.
4. La Resolución VADM- 4777, dispone en su artículo cuarto que las vacaciones colectivas podrán suspenderse por acto administrativo cuando al momento del disfrute concurran situaciones derivadas de la necesidad del servicio u otorgamiento de comisión.
Por lo anterior, se informa que para el periodo de vacaciones colectivas establecido entre el 26 diciembre de 2023 y el 09 de enero de 2024, se autorizará la suspensión, previa solicitud expresa del supervisor(a) de cada proyecto al Decano de su Facultad, hasta la totalidad de las vacaciones para el supervisor (a) del proyecto que tiene a cargo la supervisión de los contratos y/o convenios y/o estímulos económicos del respectivo proyecto.
En caso de que el supervisor (a) no solicite todas las vacaciones o de no ser autorizada por la Decanatura y/o por la Vicerrectoría Académica, se deberá tramitar la asignación temporal de la supervisión al servidor universitario que la administración designe.
Por otro lado, en relación con los otros profesores (as) investigadores (as) se autorizará la suspensión en número de días proporcional a la labor docente semanal que cada investigador (a) tenga asignada en su labor, valor que estará ajustado al entero siguiente (asignación de días completos para asegurar la contrapartida que la Universidad debe certificar a los entes financiadores). Los días por suspender deberán tener establecida su fecha (fecha cierta).
Las Decanaturas y la Vicerrectoría Académica, verificarán acorde a los criterios de labor y a la necesidad del servicio las solicitudes de suspensión, con lo que de no encontrarse la debida justificación no se tramitará la solicitud.
Las solicitudes de suspensión conforme a lo anunciado anteriormente serán recibidas en la Vicerrectoría Académica hasta el día 11 de diciembre de 2023.
Universitariamente,
AIDA PATRICIA GONZÁLEZ NIEVA
Vicerrectora Académica
SANDRA LILIANA TRUJILLO ORTEGA
Profesional Especializada
División de Gestión del Talento Humano
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