Estimad@s Estudiantes,
Con fin de establecer el canal de comunicación para la solicitud de exoneraciones de preparatorios, la Coordinación del Programa de Derecho diurno habilita el siguiente formulario. Por favor, lea cuidadosamente y asegúrese de diligenciar de forma correcta sus datos y los anexos.
Aparte sobre exoneración de preparatorios según Acuerdo número 001 de 9 de marzo de 2023
ARTÍCULO 5. Exoneración. El estudiante podrá exonerarse de la presentación de los exámenes preparatorios como uno de los requisitos de grado, en los siguientes casos:
a) El/la estudiante del programa de derecho que haya cursado la totalidad de las asignaturas que componen el pénsum académico y acredite un promedio de carrera igual o superior a cuatro punto dos (4,2).
Parágrafo. Para optar por el beneficio contemplado en este numeral, el estudiante debe acreditar en su historia académica que, no ha habilitado o cursado en calidad de repetición (R1, R2, R3, R4) alguna
de las asignaturas que componen la malla curricular.
b) El/la estudiante que hubiere aprobado las materias que comprenden el área a evaluar y acredite un promedio igual o superior a cuatro punto dos (4.2.), sin que hubiere habilitado o cursado en calidad de repetición (R1, R2, R3, R4) alguna de las asignaturas que componen dicha área.
c) El/la Estudiante cuyos resultados sean iguales o superiores al percentil 80 del reporte general de resultados correspondientes al núcleo básico común (NBC). En las pruebas SABER-PRO. Este criterio aplica para quienes hayan presentado las pruebas a partir del período I del año 2016.
En cualquiera de las situaciones contempladas en los literales anteriores del presente artículo, el estudiante elevará solicitud a la respectiva coordinación de programa, quien verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos para su aprobación ante el Consejo de Facultad.
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