Por la cual se establece el Comité de la Facultad para la asignación de planes de datos móviles.
El Consejo de Facultad en su sesión virtual realizada el 16 de marzo del año en curso y en uso de sus atribuciones legales y,
CONSIDERANDO
La Resolución Rectoral No.0134 del 8 de marzo de 2021 determinó los lineamientos y el procedimiento para la asignación de planes de datos para el acceso al servicio de internet móvil, para estudiantes de pregrado en situaciones socioeconómicas vulnerables y que presentan dificultades de conectividad.
En su artículo Tercero, la mencionada Resolución, indica que cada Facultad de la Universidad del Cauca a través de su Consejo expedirá un acto administrativo por medio del cual se conforme el comité responsable de la asignación de los planes de datos móviles, el cual, en todos los casos deberá estar liderado por el Decano de cada Facultad o quien haga sus veces, el Secretario (a) General de cada Facultad, un (1) Estudiante por cada Programa académico de pregrado y el Coordinador (a) de cada Programa académico de pregrado.
Los estudiantes de cada uno de los Programas académicos decidieron el nombre de su representante ante el Comité a conformar.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el comité responsable de la asignación de los planes de datos móviles, el cual en la Facultad de Ciencias de la Salud estará integrado por las siguientes personas:
Dr. Édgar Parra Romero, Decano de la Facultad Ciencias de la Salud
Profesional Universitaria señora Amaly Tobar Orozco, Secretaria General de la Facultad
Coordinador académico del Programa de Medicina Dr. Francisco Bohórquez Góngora
Coordinadora académica Programa de Enfermería magíster Ivett Adriana Herrera
Coordinadora académica Programa de Fisioterapia Dra. SandraJimena Jácome
Coordinadora Programa de Fonoaudiología Dra. Pilar Mirely Chois.
Por parte del estamento estudiantil:
Estudiante del Programa de Enfermería Anderson Alexis Joaquí Gómez
Estudiante del Programa de Fisioterapia Karol Yiseth Jurado Narváez
Estudiante Programa de Fonoaudiología Natalia Fernanda Bolaños Grijalba
Estudiante Programa de Medicina Sebastián Josué Castro Torres.
ARTÍCULO SEGUNDO: Las funciones a cumplir por parte del Comité conformada serán las fijadas en el Artículo Cuarto de la Resolución Rectoral 0134.
ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia del presente acto administrativo a la Rectoría, Vicerrectoría Académica, Vicerrectoría Administrativa, a los integrantes del comité y publicar en la página web institucional de la Universidad del Cauca.
Para constancia se firma en Popayán, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).
Original firmado Original firmado
ÉDGAR PARRA ROMERO AMALY TOBAR OROZCO
Presidente Secretaría General
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