Por la cual se aprueba lineamientos y el procedimiento para asignación de planes de datos para acceso al servicio de internet móvil, para estudiantes de pregrado de la facultad Ciencias Humanas y Sociales en situaciones socioeconómicas vulnerables y dificultades de conectividad
El Consejo de Facultad de Ciencias Humanas y Sociales, en ejercicio de sus atribuciones legales estatutarias conferidas por el Acuerdo No. 105 de diciembre de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Rectoral R-0134 de 2021 Establece lineamientos y el procedimiento para asignación de planes de datos para acceso al servicio de internet móvil, para estudiantes de pregrado en situaciones socioeconómicas vulnerables y dificultades de conectividad
Que actualmente, se encuentra suscrito el Contrato de Suministro 5.5-31.6/026 de 2020, para lo cual es necesario definir los lineamientos y el procedimiento por medio del cual se hará la asignación de planes de datos para el acceso al servicio de internet móvil, para estudiantes de pregrado en situaciones socioeconómicas vulnerables y que presentan dificultades de conectividad. La entrega de las simcards se asimilará al préstamo de material bibliográfico, pero su connotación diferirá en que el beneficio que se otorgue, tendrá vigencia en los periodos académicos 2021-I y 2021-II, en concordancia con los términos del contrato de suministro en mención, es decir en tiempo de servicio contratado y en cantidad de planes de datos, en el marco de los Acuerdos Académico 055 y 056 de 2020 y la Resolución Rectoral No. 106 de 2021.
Teniendo en cuenta lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer lineamientos y el procedimiento para efectuar la asignación de planes de datos para el acceso al servicio de internet móvil, para los estudiantes de la Facultad Ciencias Humanas y Sociales en situaciones socioeconómicas vulnerables y que presenten dificultades de conectividad para recibir clases o desarrollar actividades académicas e institucionales en condiciones de no prespecialidad durante el primer periodo académico del 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ámbito de aplicación para la Facultad Ciencias Humanas y Sociales. La asignación de planes de datos móviles se realizará con destino a estudiantes de pregrado de la Facultad Ciencias Humanas y Sociales que se encuentren en condiciones socioeconómicas vulnerables y no cuenten con servicios de conectividad a internet propio o tengan dificultades de conectividad para recibir clases y/o desarrollar actividades académicas e institucionales en condiciones de no presencialidad, durante el primer periodo académico de 2021.
ARTÍCULO TERCERO: COMITÉ DE FACULTAD: El comité responsable de la asignación de los planes de datos móviles, el cual, en todos los casos deberá estar liderado por el Decano de cada Facultad o quien haga sus veces, el Secretario(a) General de cada Facultad, un (1) Estudiante por cada programa académico de pregrado y el Coordinador (a) de cada programa académico de pregrado.
Asignar como Comité Responsable a:
Decano Facultad: Tulio Enrique Rojas Curieux
Secretaria General: Rosse Mary Pérez
Programa de Antropología
Coordinadora: Profesora Silvia Monroy
Johanna Cifuentes Tabares código: 100816010506
Programa de Licenciatura en Lenguas Modernas Inglés – Francés – Sede Popayán
Coordinadora: Profesora Maricela López
Estudiante: Milton Andrés Fernández Martínez código: 101815021665
Programa de Licenciatura en Lenguas Modernas Inglés – Francés – Sede Santander de Quilichao Coordinadora: Profesora Aura Patricia Ortega
Estudiante: Natalia Morera Figueroa código: 101818010348
Programa de Licenciatura en Etnoeducación
Coordinador: Profesor Ernesto Hernández
Estudiante: Karen Andrea Hoyos Bolívar código: 102919020692
Programa de Historia
Coordinador: Profesor Carlos Sicard
Estudiante Sebastián Scalante Aguillón código: 102419010732
Programa de Geografía del Desarrollo Regional y Ambiental
Coordinador: Profesor Tulio Clavijo
Estudiante: Pilar Andrea Campo Casamachin código:
Programa de Filosofía
Coordinador: José Rafael Rosero
Estudiante: Diana Carolina Gutiérrez Collazos código: 104517011393
Programa de Licenciatura en Literatura y Lengua Castellana
Coordinador: Luis Arleyo Cerón
Estudiante: Lizeth Rubiela Llanten Galindez código: 101416020815
ARTÍCULO CUARTO: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CÓMITE DE LA FACULTAD CIENCIAS HUMANAS Y SOCILES
1. Seleccionar a los estudiantes de pregrado beneficiados con los planes de datos móviles dispuestos para cada programa de la Facultad Ciencias Humanas y Sociales.
2. Elaborar un Acta (PE-GS-2.2.1-FOR-22) en el cual, quede en manifiesto el proceso de selección que adelantó cada Comité para la entrega de planes de datos móviles conforme a lo establecido en la presente Resolución.
3. Emitir un documento que contenga tanto el listado de elegibles como el listado definitivo de los estudiantes beneficiados con los planes de datos móviles.
4. Comunicar el listado definitivo de estudiantes beneficiados a la División de Gestión de Medios y Recursos Bibliográficos.
5. Solicitar la publicación del listado definitivo de los estudiantes beneficiados en la página web institucional de la Universidad del Cauca.
6. Garantizar que la selección de los estudiantes de pregrado de la facultad Ciencias Humanas y Sociales que deben recibir los planes de datos móviles se realice atendiendo la priorización de criterios socioeconómicos, de conectividad y académicos.
7. El Comité de cada Facultad será objeto de supervisión por la comunidad universitaria y deberán rendir un informe del proceso de selección adelantado al Consejo Académico de la Universidad del Cauca, una vez el número de simcards asignadas hayan sido entregadas por la División de Gestión de Medios Bibliográficos y se encuentren bajo custodia de los estudiantes beneficiados.
PARÁGRAFO PRIMERO: La Vicerrectoría Administrativa está en la obligación de entregar a cada Comité de Facultad toda la información y datos obtenidos de la Encuesta denomina “Encuesta de conectividad y dispositivos tecnológicos” y el análisis técnico realizado por esta dependencia.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Una vez se entregan las simcards a los estudiantes beneficiados y se presenten problemas de ubicación y/o cobertura del operador, el estudiante debe reportar este tipo de problema al supervisor y al proveedor quienes se encargarán de verificar esta situación que imposibilita el acceso del estudiante al beneficio. El proveedor está en la obligación de solucionar el problema en cinco (05) días hábiles posteriores a la notificación de la queja o problema. En caso de que, superado este periodo de tiempo, la inconformidad persista, el supervisor iniciará las gestiones jurídicas pertinentes a un posible caso de incumplimiento y simultáneamente reportará la situación a la Vicerrectoría Administrativa, quien está en la obligación de optar por otro proveedor que subsane la deficiencia, en un periodo no superior a ocho (08) días hábiles.
ARTÍCULO QUINTO: Como resultado del análisis técnico realizado se determinó para la Facultad Ciencias Humanas y Sociales 350 simcards con planes de datos móviles asignados, distribución proporcional al número de estudiantes de pregrado de la facultad Ciencias Humanas y Sociales que pertenecen a los estratos socioeconómicos 0, 1, 2 y 3, sustentada en la base de datos de los estudiantes de pregrado matriculados en el primer periodo académico del 2020.
ARTÍCULO SEXTO: CRITERIOS DE SELECCIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE PLANES DE DATOS MÓVILES.
Para determinar tanto el listado de elegibles como el listado definitivo para la asignación de los planes de datos móviles, los estudiantes de pregrado de la facultad Ciencias Humanas y sociales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Estar matriculado académicamente en el primer periodo académico de 2021 en cualquier programa de pregrado de la facultad ciencias Humanas y Sociales
2. Haber realizado el proceso de matrícula académica entre el periodo comprendido del 01 al 12 de febrero de 2021.
3. Presentar dificultades de conectividad para recibir clases en condiciones de no presencialidad con soporte en los datos obtenidos en la encuesta denominada “Encuesta de conectividad y dispositivos tecnológicos”.
4. Ser estudiante de pregrado de la facultad Ciencias Humanas y Sociales perteneciente a los estratos socioeconómicos 0, 1, 2 y 3. Una vez se agoten las solicitudes de estos estratos, con los cupos que resten se asignarán a estudiantes de estratos 4, 5 y 6.
5. Se priorizarán los estudiantes que cuenten con mayor número de materias matriculadas, y aquellos que tengan trabajo de grado matriculado.
6. No tener sanción disciplinaria vigente.
PARÁGRAFO TERCERO: El Comité dentro de su proceso de selección brindará preferencia, en todos los casos, a los estudiantes que acrediten dificultades socioeconómicas o que se encuentren bajo identificación de la población con mayor nivel de vulnerabilidad. Adicionalmente, el Comité podrá recibir y estudiar solicitudes para la asignación de planes de datos móviles presentadas ante diferentes instancias institucionales por correo electrónico institucional o consolidadas por los diferentes programas académicos, y será deber de este, verificar dicha información.
Esto aplica para los estudiantes que no hayan diligenciado la citada encuesta y/o requieran colocar en manifiesto su situación actual.
En el caso en que la verificación evidencie incongruencias entre la información manifestada por el estudiante y la verificada por el comité, éste podrá decidir la exclusión del beneficio al estudiante y reportará el caso a las instancias administrativas competentes
ARTÍCULO SÉPTIMO: Entrega de Simcard, las establecidas en la Resolución Rectoral 134 de 2021
ARTÍCULO OCTAVO: Vigencia de plan de datos, las establecidas en la Resolución Rectoral 134 de 2021
ARTÍCULO NOVENO: En el caso de que se presenten problemas de ubicación y/o cobertura del operador, simcard dañada o hurtada, el estudiante deberá reportar inmediatamente el caso a los correos electrónicos institucionales viceadm@unicauca.edu.co, vanesaca@unicauca.edu.co y jonathanarcila@unicauca.edu.co para subsanar el problema o realizar la reposición de la simcard. Si el daño reportado responde a mal uso o manejo, será el estudiante el responsable de asumir el costo por reposición.
ARTÍCULO DÉCIMO: El operador del plan de datos móviles, a través, de sus líneas de atención asignará un código preferencial, que le permitirá al estudiante manifestar inconsistencias, inconformidades y/o inquietudes sobre el consumo de datos móviles.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El beneficio se dará por terminado bajo las siguientes circunstancias:
1. Pérdida de la calidad de estudiante, bajo cualquier condición, se retire de manera transitoria o definitiva de la Universidad en desarrollo del respectivo periodo académico.
2. Incurrir en sanción disciplinaria por acción u omisión acaecida en el ejercicio de su calidad de estudiante.
3. Cumplimiento de la fecha de finalización del primer periodo académico de 2021, con posibilidad de reasignación, para el segundo periodo académico de 2021, de acuerdo a las disposiciones que adopte oportunamente el comité de facultad.
PARÁGRAFO CUARTO: En caso de que el beneficio se dé por terminado bajo las circunstancias del numeral uno, la División de Admisiones, Registro y Control Académico reportará el listado de estudiantes que realizaron cancelación de semestre en las fechas establecidas en el marco del Acuerdo Académico 055 de 2020, la información se entregará desagregada por Facultad, a su vez cada Facultad a través de su Decanatura notificará al supervisor del contrato dicha eventualidad, para que se adelante el proceso de cancelación y devolución de la simcard asignada.
PARÁGRAFO QUINTO: El estudiante beneficiado que no haga uso del plan de datos para acceso a internet móvil o que por alguna razón y/o eventualidad decida no disfrutar del beneficio otorgado, estará en la obligación de realizar la devolución de la simcard. El comité de Facultad Ciencias Humanas y Sociales respetando el orden estricto de la lista de elegibles obtenido en el proceso de selección, asignará el beneficio al estudiante siguiente que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Resolución.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: notificar a la Rectoría, Vicerrectoría Académica, Vicerrectoría Administrativa, estudiantes y página web institucional de la Universidad del Cauca.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Popayán, en el salón de sesiones del Consejo de Facultad, a los diez y ocho días (18) días del mes de marzo de 2021.
Original firmado
TULIO ENRIQUE ROJAS CURIEUX
Presidente Consejo de Facultad
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