Por la cual se convoca a inscripciones y elecciones del estamento estudiantil ante el Comité de Programa de Economía en la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, mediante el sistema de votación electrónico (Google Forms).
El Decano de la Facultad de Ciencias Contables Económicas y Administrativas de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Acuerdo Superior 006 de 2021 y en especial en el Acuerdo 105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General, modificado por el Acuerdo Superior 025 de 2020, mediante el cual se establece como funciones de los Decano en su numeral 11, convocar a elecciones de nivel interno de su Facultad a los Representantes de los Profesores, Estudiantes, Administrativos, Trabajadores Oficiales, que deban integrar los órganos universitarios donde éstos tenganrepresentación, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y,
CONSIDERANDO
Que acorde con el Artículo 4 y el Artículo 46 del Estatuto Académico, Acuerdo Superior 036 de 2011, los programas académicos desarrollan la visión institucional del currículo y orientan a profesores, estudiantes y administración en el cabal cumplimiento del proceso educativo correspondiente.
Que en consonancia con el Artículo 8 del Estatuto Académico, Acuerdo Superior, 036 de 2011 los comités de programa apoyan en la administración de programas y constituyen parte fundamental de la estructura académico administrativa.
Que el Consejo de Facultad, en la búsqueda de la excelencia académica, enmarcado en un plan institucional del Sistema de Gestión de Calidad; expidió la Resolución No. 8.8.1-35.19/457 del 24 de agosto del año 2016, mediante la cual se reglamentó el Comité de Programa académico de Economía de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas.
Que de conformidad con el Artículo Tercero de la Resolución No No. 8.8.1-35.19/457 del 24 de agosto del año 2016, expedida por el Consejo de Facultad, la composición de los Comité de Programa de Economía en esta Facultad es:
a. El Coordinador Académico quien lo presidirá.
b. Un profesor por cada una de las áreas o componentes de formación previsto en el respectivo plan de estudios.
c. Dos representantes de los estudiantes.
d. Un representante de los egresados.
Que en el parágrafo tercero del Artículo Tercero de la Resolución No. 8.8.1-35.19/457 del 24 de agosto del año 2016, modificado por el Artículo Primero de la Resolución No. 8.8.1-35.19/306 de 2017; establece que los representantes estudiantiles se designarán por votación directa de los estudiantes del programa; deberán haber cursado al menos el 40% del total de los créditos académicos que constituyen el plan de estudios, demostrar en su rendimiento académico, definido como el promedio de carrera una calificación igual o superior a 3.5 en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de elección. Además, se menciona que serán elegidos por un periodo de un (1) año.
Que, se hace necesario convocar a la representación del estamento estudiantil ante los Comités de Programa de Pregrado de esta unidad académica mediante el sistema de votación electrónica, el cual se realizará con la ayuda de las tecnologías adquiridas por la Universidad del Cauca con los servicios de la Suite de Google a través de Google Forms y el correo institucional.
Que, de conformidad con la información consultada en el Sistema de Integrado de Matrícula y Control Académico – SIMCA; y suministrada por la Coordinadora Académica del Programa de Economía Universidad del Cauca, el número total votos válidos para esta convocatoria es de doscientos veintisiete (227).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA
ARTÍCULO 1°: Convocar a los estudiantes activos del Programa de Economía adscrito a esta Facultad, para que, mediante el sistema de votación electrónico (Google Forms) se elijan y designen dos (02) representantes de los estudiantes de la Facultad debidamente postulados, para integrar Cada uno de los Comités de Programa de Pregrado de la Facultad.
ARTÍCULO 2°: Los postulantes a esta representación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser estudiante regular del Programa de Economía la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas.
2. Haber cursado al menos el 40% del total de los créditos académicos que constituyen el plan de estudios, es decir, 71 créditos.
3. Demostrar en su rendimiento académico, definido como un promedio de carrera una calificación igual o superior a 3.5 en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de elección.
4. No estar sancionado disciplinariamente o penalmente.
ARTÍCULO 3º: El período estatutario para estas representaciones será de un (01) año, que regirá a partir de la fecha de la elección y designación, siempre y cuando conserve la calidad de estudiante.
CAPÍTULO II
DE LA INSCRIPCIÓN
ARTÍCULO 4°: Fijar como plazo para la inscripción de la postulación como candidato a la representación citada, del 9 al 14 marzo de 2022. La votación el día viernes 18 de marzo entre las 08:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.
PARÁGRAFO: Los estudiantes de cada uno de los Programas, podrán postularse únicamente al Comité del Programa que están cursando. Si algún estudiante está cursando dos Programas de la Facultad, únicamente podrá postularse a un Comité de Programa.
ARTÍCULO 5°: Toda inscripción deberá hacerse ante la Decanatura de la Facultad o Secretaría General de la Facultad, presencial o a través del Correo Electrónico institucional: secfccea@unicauca.edu.co.
ARTÍCULO 6°: Para efectos del acto de inscripción de candidatos, la División de Admisiones, Registro y Control Académico DARCA, no deberá expedir las certificaciones, según lo indica la presente Resolución y la Resolución R-0200 de 2021.
ARTÍCULO 7°: El postulante deberá inscribirse anotando sus datos personales: nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección, número telefónico de contacto, correo electrónico y Programa de Pregrado.
ARTÍCULO 8°: Todo postulante deberá cumplir con los requisitos determinados en las normas institucionales vigentes y con los que indique la convocatoria.
ARTÍCULO 9°: Los actos de inscripción y elección de cada representante, procederán solamente mediante el sistema uninominal. No se admitirán inscripciones con más de un candidato.
CAPÍTULO III
DE LA VOTACIÓN
ARTÍCULO 10°: Fijar la elección mediante el sistema de votación electrónica del representante de los Estudiantes el Comité de Programa de Economía de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas para el día 18 de marzo de 2022, en horario ininterrumpido de las 8:00 A.M. hasta las 4:00 P.M a través del sistema de Google Forms, la cual estará programada de conformidad con la Resolución R- 0200 de 2021, y demás normas concordantes.
PARÁGRAFO 1: La elección de los representantes mencionados se declarará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
PARÁGRAFO 2: En caso de empate, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma, según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el representante elegido.
ARTÍCULO 11: Para que los estudiantes estén habilitados para votar, deberán encontrarse debidamente matriculados y en estado activo en el Sistema SIMCA
ARTICULO 12°: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad más uno); en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.
ARTÍCULO 13: El número total votos válidos para esta convocatoria es de doscientos veintisiete (227).
ARTÍCULO 14: El Formulario de Google de votación, se estructurará mediante el Correo institucional de la Secretaría de la Facultad, una vez finalice la fecha de inscripción y los candidatos estén debidamente postulados.
ARTÍCULO 15: Una vez estructurado el Formulario Google de la votación, el cual tendrá los nombres de los candidatos estudiantiles ante el cuerpo colegiado en referencia, el enlace (link) del formulario será enviado a los estudiantes activos del Programa de Economía y será publicado por la secretaría General mediante comunicado secretarial el día 17 de marzo de 2022 y quedará activo durante las 8:00 am y las 4:00 pm.
CAPÍTULO IV
DE LAS INHABILIDAD Y VACANCIA
ARTÍCULO 16: Son causales de inhabilidad para ser elegido representante o para ejercer la representación (sobreviniente):
1. Pérdida de la calidad de estudiante.
2. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.
3. Sanción penal o disciplinaria durante su representación
ARTÍCULO 17. Son causales de vacancia de la representación de los estudiantes a la Corporación a que se refiere esta convocatoria:
1. El vencimiento del período.
2. La renuncia regularmente aceptada.
3. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.
CAPÍTULO V
OTRAS DISPOSICIONES
ARTÍCULO 18: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente Resolución.
ARTÍCULO 19: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, a los nueve (9) días del mes de marzo de 2022
Original firmado
ANDRÉS JOSÉ CASTRILLÓN MUÑOZ
Decano FCCEA.
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