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Resoluciones

Mayo 25 / 2022

Resolución FDCPS 218 (Convoca a inscripciones y elecciones del estamento docente y egresados ante el Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales)

Emitido por: Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
Dirigido a: Comunidad universitaria


Por la cual se convoca a inscripciones y elecciones del estamento docente y egresados ante el Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales mediante el sistema SiVOT.

El Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales y,
 

CONSIDERANDO:

 

  1. El artículo 36 del Acuerdo Superior 105 de 1993 (Estatuto General de la Universidad del Cauca), define la conformación del Consejo de Facultad:

 

ARTÍCULO 36: Cada Consejo de Facultad estará integrado por:
 

a. El Decano, quien lo presidirá.

b. Los Jefes de Departamento.

c. El Coordinador del Comité de Posgrado.

d. Un egresado graduado de la Facultad, designado por la Asociación de Exalumnos de la respectiva Facultad, quien deberá ser docente de cátedra o persona sin vínculo laboral con la Institución. EN las Facultades que no tengan Asociación, esta función la suplirá la Asociación de Exalumnos de la Universidad del Cauca.

e. Un profesor de la respectiva Facultad, elegido mediante votación secreta por el cuerpo profesoral de la misma.

f. Dos (2) estudiantes regulares de la respectiva Facultad matriculados en las asignaturas del plan de estudios respectivo, elegidos por los estudiantes regulares de la misma. […]


 

2. A la fecha se encuentran vacantes las siguientes representaciones:

 

  1. a. Un (1) representante de los profesores ante el Consejo de la facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

 

  1. b. Un (1) representante de los egresados ante el Consejo de la facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.


3. En aras de mantener la representación de los docentes y egresados ante esta Corporación, el Consejo de Facultad determinó realizar convocatoria a través de la Secretaría General de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, para la inscripción de candidatos que serán elegibles en la jornada de elección que se realizará de manera virtual a través del correo electrónico institucional con el apoyo de la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dando alcance a la Resolución R-200 del 13 de abril de 2021, con la cual se reglamentó el proceso de elecciones de los miembros de cuerpos colegiados de la Universidad del Cauca.

En mérito de lo expuesto,
 

RESUELVE:

 
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a los docentes activos de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca para que bajo la modalidad de elección electrónica mediante la plataforma SiVOT, elijan un (1) representante de los docentes debidamente postulado, para integrar el Consejo de Facultad de esta unidad académica.
 
PARÁGRAFO: Los postulantes a esta representación deberán cumplir con los siguientes requisitos, según lo establece el Acuerdo Superior 105 de 1993 y demás normas concordantes:
 

  1. 1. Ser profesor de planta.

 

  1. 2. No estar sancionado disciplinaria o penalmente.

 
ARTÍCULO SEGUNDO: Convocar a los egresados de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca para que bajo la modalidad de elección electrónica mediante la plataforma SiVOT, elijan un (1) representante de los egresados debidamente postulado, para integrar el Consejo de Facultad de esta unidad académica.
 
PARÁGRAFO: Los postulantes a esta representación deberán cumplir con los siguientes requisitos, según lo establece el Acuerdo Superior 105 de 1993, 075 de 2021 y demás normas concordantes:
 

  1. 1. Poseer título profesional de la Universidad del Cauca de uno de los programas de pregrado o posgrado ofertados en la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales.

 

  1. 2. Residir en Colombia.

 

  1. 3. No estar sancionado disciplinaria o penalmente.

 
ARTÍCULO TERCERO: 
El período estatutario para estas representaciones será de dos (02) años para el representante de los profesores y de un (1) año para el representante de los egresados, que regirá a partir de la fecha de la elección y designación, siempre y cuando conserve la calidad de tales, o no se evidencie una inhabilidad sobreviniente.
 
ARTÍCULO CUARTO: Fijar como plazo para la INSCRIPCIÓN de la postulación como candidatos a la representación anteriormente citada, desde el 01 de junio y hasta el 07 de junio de 2022 a las 5: 00 p.m., únicamente a través del correo electrónico: secgralderecho@unicauca.edu.co.
 
ARTÍCULO QUINTO: Los postulantes deberán inscribirse anotando sus datos personales: nombres y apellidos completos, documento de identidad, correo electrónico, número telefónico de contacto, Departamento al que se encuentra adscrito, programa del que es egresado y fotografía en formato JPG, GOF, PNG, de acuerdo con las condiciones exigidas por la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Universidad del Cauca.
 
ARTÍCULO SEXTO: Todo postulante deberá cumplir con los requisitos determinados en las normas institucionales vigentes y con los que indique la convocatoria.
 
ARTÍCULO SÉPTIMO: Los actos de inscripción y elección de cada representante, procederán solamente mediante el sistema uninominal. No se admitirán inscripciones con más de un candidato.
 
ARTÍCULO OCTAVO: Fijar la elección del representante de los docentes y egresados ante el Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, para el día 22 de junio de 2022, en horario ininterrumpido de 08:00 a.m. hasta las 04:00 p.m., a través de la plataforma institucional SiVOT, la cual estará programada de conformidad con la Resolución R-200 del 13 de abril de 2021, y demás normas concordantes.
 
PARÁGRAFO PRIMERO: La elección de los representantes mencionados se declarará a favor del candidato que obtenga el mayor número de votos.
 
PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de empate, la comisión de verificación o los designados para habilitar la plataforma, según sea el caso, convocarán a los candidatos y realizará un sorteo para definir quién será el representante elegido.
 
ARTÍCULO NOVENO: Para que los docentes estén habilitados para votar, deberán encontrarse debidamente vinculados a la Universidad del Cauca en el actual periodo académico.
 
ARTÍCULO DÉCIMO: La votación deberá repetirse cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría absoluta (la mitad más uno); en este evento no podrán presentarse los mismos candidatos inscritos a dicha elección.
 
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: De acuerdo a la certificación emitida por la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional y el Área de Egresados, el número total de votos válidos para la presente convocatoria es de:
 

  1. 1. Ciento cuarenta y dos (142) profesores vinculados durante el periodo 2022-I.

 

  1. 2. Cinco mil quinientos diecisiete (5.517) egresados, tanto de pregrado como de posgrado, con un rango de fecha desde el año 1969 a marzo de 2022.

 
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Son causales de inhabilidad para ser elegido representante de los profesores o para ejercer la representación (sobreviniente):
 

  1. 1. Pérdida de la calidad de docente.

 

  1. 2. Incapacidad física o mental debidamente comprobada por autoridad médica competente.

 

  1. 3. Sanción penal o disciplinaria durante su representación.

 
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Son causales de vacancia de la representación de los egresados a la Corporación a que se refiere esta convocatoria:
 

  1. 1. El vencimiento del período.

 

  1. 2. La renuncia regularmente aceptada.

 

  1. 3. El impedimento por las causales de inhabilidad señaladas en el artículo precedente.

 

  1.  4. La ausencia total del representante.

 
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La Universidad del Cauca, a través de la División de Gestión del Talento Humano, será la encargada de Certificar y expedir los listados oficiales de los docentes por para que puedan hacer uso de su voto y remitirlos a la Decanatura o Secretaría General, o la División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, si a ello hubiere lugar, los cuales deberán contener como mínimo la siguiente información: Nombres completos, Identificación y Correo electrónico institucional
 
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento, señalado en la presente resolución.
 
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Dada en la sala de reuniones del Consejo de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, a los veinticinco (25) días del mes de mayo de dos mil veintidós (2022).

 
Edgar Camacho Godoy                    Janny Katiana Santacruz Amador
Presidente Consejo de Facultad        Secretaria Consejo de Facultad

 

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