Por la cual se suspende el conteo de términos de los procesos, solicitudes, trámites y diligencias adelantadas, presentadas y tramitadas por y ante la Universidad del Cauca.
El Rector de la Universidad del Cauca en uso de sus competencias Legales y Estatutarias y especialmente las conferidas en el inciso primero del artículo 23 del Acuerdo Superior de 1993, y;
CONSIDERANDO
Que la Universidad del Cauca, mediante Resolución 0439 del 26 de agosto de 2020 amplió el plazo de suspensión de todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca como respuesta al aumento de los casos de Coronavirus- COVID – 19 en Colombia y en el municipio de Popayán.
En mérito de lo expuesto anteriormente el Rector de la Universidad del Cauca,
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Suspender el conteo de los términos de todos los procesos, solicitudes, peticiones y en general todas las diligencias y trámites adelantados por y ante la Universidad del Cauca durante el periodo comprendido entre el 3 de septiembre y el 15 de diciembre de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Popayán a los tres (3) días de mes de septiembre de 2020
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Tipo de documento: | ||
Emitidos desde: | ||
hasta: | ||
Emitido por: | ||
Palabras clave (etiquetas): | ||