Por la cual se modifica la Resolución Rectoral N° 106 del 7 febrero de 2020, que adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el Decreto 1083 del 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública, y las estatutarias del Acuerdo 0105 de 1993 emitido por el Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO,
Mediante Resolución Rectoral R- 106 del 7 de febrero de 2020 se adoptó Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG, tomando como marco de referencia lo definido por el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP
El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió el Manuel Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión versión 3, que actualiza la operación del Modelo, las cuales, agregadas las necesidades institucionales, demandan ajustes a la Reglamentación interna institucional.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE,
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo segundo de la Resolución R- 106 del 7 de febrero de 2020, el cual quedara así:
“ARTÍCULO SEGUNDO – CONCEPTUALIZACIÓN. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG consta de dimensiones y políticas que sirven como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la Universidad del Cauca, con el fin de generar resultados que atiendan al Plan de Desarrollo, a los planes de mejora y resuelvan las necesidades y problemas de los grupos de interés, con integridad y calidad en el servicio.”
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo cuarto de la Resolución R- 106 del 7 de febrero de 2020, el cual quedará así:
“ARTÍCULO CUARTO – CREACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN DEL DESEMPEÑO Y DE CONTROL INTERNO: créase el Comité Institucional de Gestión del Desempeño y de Control Interno, integrado por los siguientes universitarios:
1. El Rector o su delegado, quien lo presidirá.
2. El Vicerrector Académico.
3. El Vicerrector Administrativo.
4. El Vicerrector de Cultura y Bienestar.
5. El Vicerrector de Investigaciones.
6. El Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional- Coordinador General.
7. El Director del Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional.
8. El Jefe de la Oficina Control Interno como invitado permanente con voz y sin voto
9. La Secretaria General
10. El Profesional Especializado de la División de Gestión del Talento Humano”.
ARTÍCULO TERCERO: Modificar el artículo sexto numeral 1 de la Resolución R- 106 del 7 de febrero de 2020, el cual quedará así:
“ARTÍCULO SEXTO – FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN DEL DESEMPEÑO Y DE CONTROL INTERNO.
Funciones para la implementación y operación de las Políticas de Gestión del Desempeño:
a. Planear, dirigir e impulsar las estrategias, metodologías y acciones articulando las políticas, el Plan de Desarrollo Institucional y el Plan de Mejoramiento Institucional, además de la gestión de los recursos que aseguren la implementación y sostenibilidad del Modelo.
b. Hacer seguimiento al desempeño institucional de cada vigencia a partir de los resultados de autoevaluación y evaluación del MIPG.
c. Orientar las medidas administrativas para la gestión del cambio, la gestión del riesgo y las acciones de mejoramiento del Modelo.
d. Conformar grupos técnicos de apoyo para la implementación de las estrategias del MIPG.
f. Aprobar el Plan anual de auditorías internas de calidad.
g. Las demás asignadas por el Comité o promovidas por el Coordinador General.”
ARTÍCULO CUARTO: Modificar el artículo Octavo de la Resolución Rectoral R-106 del 7 de febrero de 2020, el cual quedará así:
“ARTÍCULO OCTAVO – OPERACIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN. Conforme a las dimensiones y políticas que apliquen dentro de nuestra Autonomía Universitaria, y al Modelo de las Líneas de Defensa del Modelo Estándar de Control Interno- MECI, corresponde a los líderes temáticos su implementación y operación, de acuerdo con la siguiente asignación:
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RESPONSABLE |
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DIMENSIÓN |
Líder Temático |
Grupo Técnico |
LÍNEA DE DEFENSA |
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Vicerrector Académico |
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Vicerrector Administrativo |
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RESPONSABLE |
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DIMENSIÓN |
Líder Temático |
Grupo Técnico de Apoyo |
LÍNEA DE DEFENSA |
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Acreditación Institucional |
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Vicerrector Administrativo |
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RESPONSABLE |
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DIMENSIÓN |
Líder Temático |
Grupo Técnico de Apoyo |
LÍNEA DE DEFENSA |
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Jefe Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional |
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Vicerrector de Investigaciones |
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Equipo de la Oficina de Control |
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ARTÍCULO QUINTO: Modificar el artículo décimo de la Resolución Rectoral R-106 del 7 de febrero de 2020, así:
“ARTÍCULO DÉCIMO- ROL Y FUNCIONES DE LOS GESTORES DE APOYO: Los gestores serán designados por los líderes temáticos quienes apoyarán la implementación y operación del MIPG conforme a la dimensión y políticas asignadas, a través de las siguientes funciones:
1. Monitorear y promover el cumplimiento de las directrices del Comité Institucional de Gestión del Desempeño y de Control Interno, para la implementación, mantenimiento y mejora de la Dimensión bajo su responsabilidad.
2. Apoyar la formulación y ejecución de los planes de acción y planes de mejoramiento que surjan de las autoevaluaciones realizadas a su Dimensión.
3. Informar a los líderes temáticos y al Coordinador General del Comité Institucional de Gestión del Desempeño y de Control Interno, los asuntos relevantes a su Dimensión para gestionar las necesidades de mejora.
4. Participar activamente en las sesiones de trabajo referentes a su Dimensión, convocadas por el Coordinador General.”
ARTÍCULO SEXTO: DEROGATORIA Y VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de su publicación, y deroga las que le sean contrarias, especialmente los artículos modificados de la Resolución 106 del 2020.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Popayán, el día dos (2) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
Original firmado
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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