Por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución Rectoral 106 de 2020 que adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG.
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el Decreto 1083 del 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública,y las estatutarias del Acuerdo 0105 de 1993 o Estatuto General, y
CONSIDERANDO QUE:
Mediante Resolución Rectoral R- 106 del 7 de febrero de 2020 se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG, tomando como marco de referencia lo definido por el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP.
Mediante Resolución Rectoral R-0122 de 2021 se modificaron varios artículos de la Resolución Rectoral 106 de 2020, entre ellos, el cuarto, que trata sobre la conformación del Comité Institucional de Gestión del Desempeño y de Control Interno.
El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió el Manuel Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión versión 3, que actualiza la operación del Modelo, las cuales, agregadas las necesidades institucionales, demandan ajustes a la Reglamentación interna institucional
El Comité de Gestión del Desempeño y Control Interno mediante acta No. 04 del 10 de mayo de 2021, decidió incluir a la Jefatura de la Oficina Jurídica como nuevo miembro del comité.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo cuarto de la Resolución R- 106 del 7 de febrero de 2020, modificado por la Resolución R-0122 de 2021, el cual quedará así:
“ARTÍCULO CUARTO: CREACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN DEL DESEMPEÑO Y DE CONTROL INTERNO: Créase el Comité Institucional de Gestión del Desempeño y de Control Interno, integrado por los siguientes universitarios:
1. El Rector o su delegado, quien lo presidirá.
2. El Vicerrector Académico.
3. El Vicerrector Administrativo.
4. El Vicerrector de Culturay Bienestar.
5. El Vicerrector de Investigaciones.
6. El Jefe de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional - Coordinador General.
7. El Director del Centro de Gestión de la Calidad y la Acreditación Institucional.
8. El Jefe de la Oficina Control Interno como invitado permanente con voz y sin voto.
9. La Secretaria General.
10. El Profesional Especializado de la División de Gestión del Talento Humano.
11. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica”.
ARTÍCULO SEGUNDO - DEROGATORIA Y VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de su publicación, y deroga las que le sean contrarias. Lo que no sea modificado continuará vigente.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año 2021.
Original firmado
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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