El RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de su competencia funcional, estatutaria, y
CONSIDERANDO
Con el objeto de mitigar la propagación del Coronavirus COVID-19 mediante Resolución Rectoral No. 0207 de 11 de marzo de 2020 se ordenó suspender desde el 11 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020 todas las actividades masivas, para cualquier clase de eventos de cualquier tamaño, ya sean académicas, ceremonias colectivas de grado, deportivas o administrativas, que involucren la participación de terceros, ya sean institucionales o en nombre de la Universidad del Cauca, dentro o fuera de las instalaciones de la Alma Mater, cuyos efectos han venido siendo prorrogados con las resoluciones rectorales No. R – 0248, R – 0350, R – 0644 del año 2020.
Que la dirección Universitaria considera importante continuar adoptando medidas para evitar la propagación del virus y disminuir el riesgo de contagio
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Prorrogar los efectos de la Resolución Rectoral No. 0207 del 11 de marzo de 2020 y demás normas que la complementen o modifiquen, hasta el 25 de junio de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acto administrativo rige a partir del día primero de marzo de 2021.
COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Proyectó: Lola M.
Aprobó: L.I.C.V.
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