El RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de su competencia funcional, estatutaria, y
CONSIDERANDO
La rectoría de la universidad mediante Resolución R - 207 de 2020 adoptó varias medidas preventivas frente a la amenaza del Coronavirus COVID-19 y suspendió las actividades administrativas dentro de los espacios de la universidad a través de las resoluciones rectorales 234 del 20 de marzo, 247 del 06 de abril, 364 del 26 de junio, 385 del 18 de julio, 402 del 31 de julio, 439 del 26 de agosto y 645 del 14 de diciembre de 2020.
Se hace necesario continuar adoptando medidas para la prevención y propagación del COVID-19 en aras de proteger los estamentos universitarios se amplía la modalidad de trabajo en casa.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Continuar con la suspensión de las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca a partir del primero de marzo de 2021 hasta el 25 de junio de 2021.
PARÁGRAFO PRIMERO. Se exceptúa de la presente medida el personal adscrito al Área de Seguridad Control y Movilidad que deberá prestar el servicio acorde con los horarios asignados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Es obligación de los servidores públicos de la Universidad del Cauca estar disponibles para realizar las actividades a su cargo que el jefe inmediato determine o le asigne por necesidades del servicio y adicionalmente continuar con sus responsabilidades laborales mediante la modalidad de trabajo en casa.
COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán a los 25 días del mes de febrero de 2021
JOSE LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Realizó y aprobó: Sandra Liliana Trujillo Ortega
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