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Resoluciones

Diciembre 28 / 2021

Resolución R-0863 de 2021 (Por la cual se convoca a la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, para el periodo 2022 – 2024)

Emitido por: Rectoría
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el artículo tercero del Acuerdo Superior 075 del 22 de diciembre de 2021, y
 
 

CONSIDERANDO:

 
 
El Consejo Superior, mediante Acuerdo 075 del 22 de diciembre de 2021, determinó que la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior se realizará a través de herramientas digitales.
 
El artículo tercero del Acuerdo Superior 075 de 2021, dispuso que es competencia del Rector convocar mediante acto administrativo a la elección del Representante de los Egresados Graduados de la Universidad del Cauca ante el Consejo Superior de la institución, estableciendo entre otras la fecha de apertura y cierre del empadronamiento, la fecha de apertura y cierre de la inscripción de candidatos, la fecha y horas de la jornada de elección.
 
El artículo séptimo del Acuerdo Superior 075 de 2021, determinó que el proceso de empadronamiento se realizará haciendo uso de la herramienta digital que para tal fin establezca el Alma Mater.
 
Se hace necesario realizar la convocatoria para elegir al Representante de los Egresados, conforme a las nuevas disposiciones.
 
En mérito de lo expuesto, 
 

RESUELVE

 
 
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, para un periodo de dos años que rige a partir del 25 de febrero de 2022 y termina el 24 de febrero de 2024.
 
ARTÍCULO SEGUNDO: Establecer el siguiente cronograma del proceso de convocatoria para la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior:
 
FECHA DE EMPADRONAMIENTO:  Desde el día martes 28 de diciembre de 2021 hasta las 6:00p.m. del día miércoles 26 de enero de 2022.
 
FECHA DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS: A partir de la fecha del presente acto administrativo hasta las 12:00m del día martes 25 de enero de 2022, a través del correo eleccionesegresados@unicauca.edu.co
 
FECHA DE ELECCIÓN: La votación se realizará entre las 8:00a.m. y las 4:00p.m. del día viernes 25 de febrero de 2022, a través del sistema de votación institucional.
 
ARTÍCULO TERCERO: INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS. La inscripción de la candidatura a Representante de los Egresados Graduados deberá hacerse mediante un escrito dirigido a la Secretaría General, debidamente firmado, con datos de contacto y hacerlo llegar al correo eleccionesegresados@unicauca.edu.coanexando de manera independiente los siguientes documentos legibles en formato PDF:


1. Hoja de vida que incluya fotografía 3x4 a color, para ser publicada, sin datos personales como cédula, dirección, celular, sin anexos.
2. Documento de Identificación.
3. Acta de Grado o del Diploma como egresado de la Universidad del Cauca, o en su defecto, indicar en el escrito de inscripción el título obtenido y fecha de graduación (día, mes y año).
 
PARÁGRAFO 1: Además de las exigencias realizadas en el presente artículo quien aspire a ser elegido Representante de los Egresados Graduados ante el Consejo Superior deberá presentar declaración escrita rendida bajo la gravedad de juramento de no estar inmerso en causales de Inhabilidades e Incompatibilidades conforme a lo dispuesto en el artículo sexto del Acuerdo Superior 075 de 2021.
 
PARÁGRAFO 2: La condición de residente colombiano se deberá acreditar a través de la presentación de declaración extraproceso con antelación no superior a un mes a la fecha de inscripción.
 
PARÁGRAFO 3: Revisada y verificada la solicitud de inscripción del candidato en su condición de Egresado de la Universidad del Cauca, la Secretaría General autorizará la inscripción de la candidatura mediante escrito dirigido al candidato (a). En el caso de que se niegue la inscripción se comunicarán las razones al interesado.
 
ARTÍCULO CUARTO: PERIODO DE INSCRIPCIONES. Los aspirantes a Representante de los Egresados podrán inscribirse en las fechas establecidas en el Artículo Segundo de esta providencia.
 
PARÁGRAFO: La fecha y hora de inscripción se verificará con la información registrada en la impresión del correo electrónico. No se admitirán inscripciones por fuera de la fecha y hora fijadas para este efecto.
 
ARTÍCULO QUINTO: PERIODO DE EMPADRONAMIENTO.: Los egresados graduados de la Universidad del Cauca que deseen participar en la elección de su representante ante el Consejo Superior deberán realizar el proceso de empadronamiento dentro del plazo fijado en el cronograma establecido a través del artículo segundo de la presente resolución, proceso que deberá realizarse diligenciando en su totalidad el formulario de Google que estará disponible a través del siguiente link https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdXMZus_nzAnNKTHjiAOxiHxfkENX0pNmIQ8ORTZJFTNMOnSA/viewform?usp=sf_link, el cual además estará publicado a través de la página web de la Universidad del Cauca.
 
PARÁGRAFO 1: Los egresados empadronados en los años 2015, 2016, 2018, 2020 y verificados por la Secretaría General no necesitan realizar este procedimiento, para lo cual se publicará en el portal web institucional http://www.unicauca.edu.co, las cédulas de los egresados que cumplen este requisito. No obstante lo anterior, durante el proceso de empadronamiento podrán actualizar sus datos.  Quienes, habiéndose empadronado durante estos periodos, no cuenten con correo electrónico, no podrán ejercer su derecho al voto.
 
Igualmente, la Secretaría General publicará las cédulas de los nuevos empadronados.
 
PARÁGRAFO 2:  El número de empadronados entre los años 2015 a 2020 es de 1.148.
 
ARTÍCULO SEXTO: CENSO ELECTORAL. Vencido el plazo para realizar el empadronamiento, la Secretaría General verificará la condición de egresado graduado y consolidará y certificará el censo electoral en los términos señalados en el artículo noveno del Acuerdo Superior 075 de 2021.
 
ARTÍCULO SÉPTIMO: De conformidad con el Artículo Décimo Tercero del Acuerdo 075 de 2021: “El o la Jefe de la Oficina de Control Interno o su delegado y el Decano o la Decana de la Facultad de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones o su delegado serán los encargados habilitar y deshabilitar la plataforma a la hora fijada como inicio y cierre de la votación, debiendo además extraer el reporte de la votación y elaborar y suscribir acta de escrutinio que deberá tener como mínimo los siguientes datos: Fecha y hora del cierre del sistema, total de votos que debe ser igual al número de votantes, número de votos por cada candidato y número de votos en blanco, la cual enviarán a la Secretaría General”.
 
ARTÍCULO OCTAVO: VOTACIÓN. La votación virtual deberá realizarse únicamente a través del enlace al sistema de votación. El egresado habilitado ingresará utilizando el usuario y la contraseña de su correo electrónico personal registrado en el empadronamiento. El votante podrá seleccionar una sola de las opciones presentadas (alguno de los candidatos o voto en blanco). Una vez hecho el registro por parte del sufragante, el sistema le notificará inmediatamente que fue registrado su voto.
 
ARTÍCULO NOVENO:  El egresado elegido se posesionará protocolariamente de su cargo ante el Consejo Superior.
 
ARTÍCULO DÉCIMO: Derogar las resoluciones Rectorales 195 del 05 de marzo de 2021 y 228 del 18 de marzo de 2020, y demás disposiciones que le sean contrarias.
 


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
 

 

Se expide en Popayán, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de 2021.

 

JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector

        

Proyectó: P.U. Esperanza González
Revisó:  Dra. Laura Ismenia Castellanos Vivas, Secretaria General
Ajustó y aprobó: Dra. Yonne Galvis Agredo, Jefe Oficina Jurídica

       

 

 

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