Por la cual se suspende el conteo de términos de los procesos, solicitudes, trámites y diligencias adelantadas, presentadas y tramitadas por y ante la Universidad del Cauca.
El Rector de la Universidad del Cauca en uso de sus competencias Legales y Estatutarias y especialmente las conferidas en el inciso primero del artículo 23 del Acuerdo Superior de 1993, y;
CONSIDERANDO
Que la Universidad del Cauca, mediante Resolución 247 de 6 de abril de 2020 amplio el plazo de suspensión de todas las actividades administrativas dentro de los espacios físicos de la Universidad del Cauca como respuesta al aumento de los casos de Coronavirus COVID – 19 en Colombia y reciente detección del mismo en el municipio de Popayán.
En mérito de lo expuesto anteriormente el Rector de la Universidad del Cauca
RESUELVE
Artículo Único: Suspender el conteo de los términos de todos los procesos, solicitudes, peticiones y en general todas las diligencias y trámites adelantados por y ante la Universidad del Cauca durante el periodo comprendido entre el 13 de abril de 2020 y hasta el 21 de julio de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Popayán a los trece (13) días de mes de abril de 2020
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Rector
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