Considerando
Resuelve
Artículo primero: Estructurar el proceso para la presentación de terna de aspirantes a Decano de las Facultades de Ciencias Agrarias y Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación, de la Universidad del Cauca, en los siguientes términos:
1. Difusión del proceso. Para la conformación de ternas de aspirantes a Decano de las citadas Facultades de la Universidad del Cauca, la Rectoría utilizará diversos medios para hacer conocer la presente resolución, la filosofía y el espíritu universitario que debe prevalecer durante el proceso.
2. Inscripción de candidatos. Mediante comunicación escrita y personal al Consejo de la Facultad, el docente que cumpla con los requisitos previstos en el artículo 2° de la presente resolución y aspire prestar sus servicios como Decano de Facultad, debe inscribir su nombre como candidato, ante la Secretaría General de la Facultad; coadyuvada con la firma del 10% de Profesores o de estudiantes de la Facultad, para tal efecto el Secretario General certificará el número de Profesores de Planta, Ocasionales y Catedráticos, que para la fecha de inscripción tenga la unidad académica, así como el número de estudiantes matriculados. Cada candidato deberá anexar su propuesta de trabajo concordante con el Proyecto Educativo Institucional – PEI y los propósitos de trabajo para el ejercicio rectoral, período 2012 – 2015.
3. Difusión de propuestas. Los aspirantes a Decano podrán exponer sus propuestas públicamente ante profesores y estudiantes de la Facultad, en fecha y con la metodología concebida por el respectivo Consejo de Facultad.
4. Configuración de ternas. El Consejo de la Facultad levantará un acta suscrita por los miembros de éste, indicando los nombres de los candidatos inscritos (organizados alfabéticamente) y dejando constancia del cumplimiento o no de los requisitos, y la remitirá al Rector con los soportes, quien de dichos aspirantes, escogerá la terna que será presentada ante el Consejo Superior, en cumplimiento del artículo 23, numeral 7º del Acuerdo 0105 de 1993.
5. Designación de Decanos. El Rector de la Universidad presentará a consideración del Honorable Consejo Superior la terna de candidatos a Decano de las Facultades de Ciencias Agrarias y Ciencias Naturales, Exactas y de la Educación, para su designación.
Artículo segundo: De conformidad con el artículo 42 del Acuerdo número 0105 de 1993, Estatuto General de la Universidad del Cauca, son requisitos para ser Decano de Facultad y aspirar al cargo:
1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio o extranjero con residencia legalizada y autorizado para trabajar en Colombia.
2. Tener título universitario. Los títulos obtenidos en el extranjero deben estar debidamente convalidados por las autoridades colombianas competentes.
3. Haber ejercido la docencia universitaria de tiempo completo o su equivalente, por espacio mínimo de cinco (5) años.
4. Estar vinculado como docente escalafonado, de tiempo completo y adscrito a cualquiera de los departamentos de la respectiva Facultad.
5. No haber sido sancionado penalmente o con suspensión en el ejercicio del cargo por sanción disciplinaria, durante los cinco (5) años anteriores a la designación.
Parágrafo: La División de Gestión del Talento Humano certificará la acreditación de las calidades establecidas en este artículo.
Artículo tercero: Establecer el siguiente cronograma de actividades a realizar en la presentación de la terna de aspirante a Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias:
Inscripción de candidatos. Fecha límite: el día 24 de mayo de 2016, hasta las 2:00 p.m.
Configuración de listado de aspirantes: el día 26 de mayo de 2016, 9.00 a.m.
Socialización de Propuestas: 01 y 02 de junio de 2016, Hora 8:30 a.m. a 9:30a.m.
Debate sobre las propuestas: 03 de junio de 2016 – 9:00 a.m. a 12:00m
Conformación de la terna: 15 de junio de 2016, 9:00 a.m.
Comuníquese, publíquese y cúmplase
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