Por la cual se convoca a la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, periodo 2015-2017.
El Rector Delegatario de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias conferidas por el Acuerdo número 105 de 1993 y la Resolución Rectoral 758 del 30 de septiembre de 2015 y
Considerando
La Representación de los Egresados ante el Consejo Superior se encuentra vacante por renuncia de su representante.
El Consejo Superior, mediante Acuerdo 045 del 20 de agosto de 2015, determinó que a partir de esa fecha, las elecciones para todos los estamentos universitarios se realizarán a través del sistema de papeleta.
Artículo primero: Convocar la elección del Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, para un periodo de dos años que rige a partir de la fecha de la elección.
Artículo segundo: De conformidad con el parágrafo primero del artículo segundo del Acuerdo 050 de 2015 es requisito para elegir y ser elegido como Representante de los Egresados el que la Universidad del Cauca le haya expedido el título profesional de uno de sus programas de pregrado o posgrado y los ofertados en convenio con otras instituciones.
Artículo tercero: Inhabilidades e Incompatibilidades. De conformidad con el parágrafo segundo del artículo segundo del Acuerdo 050 de 2015 “Los miembros del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, estarán sujetos al régimen de inhabilidades e Incompatibilidades que establece la Constitución Política de Colombia y las Leyes. Acorde con lo dispuesto en el Decreto Ley 128 de 1976, la incompatibilidad, entendiéndose como la prohibición legal expresa que constituye un obstáculo para el ejercicio simultáneo de determinados cargos o funciones, al igual que la inhabilidad, son de aplicación restrictiva, para lo cual se encontrarán inhabilitados, y no podrán ser miembros del Consejo Superior, en relación con la Universidad del Cauca, los funcionarios administrativos que se encuentren prestando sus servicios y hasta dentro del año siguiente al retiro de la entidad”.
Artículo cuarto: Inscripción de Candidatos. La solicitud de inscripción de la candidatura a Representantes de los Egresados deberá hacerse mediante un escrito dirigido a la Secretaría General acreditando los siguientes documentos:
1. Hoja de vida en físico y digital que incluya fotografía. 2. Fotocopia del Documento de Identificación. 3. Fotocopia del Acta de Grado o del Diploma. 4. El respaldo de su candidatura con cincuenta (50) firmas de egresados unicaucanos, en el formato que defina la Secretaría General, en el cual haya certificación expresa del consentimiento del inscrito que se entenderá otorgado con la firma.
Artículo quinto: Establecer el siguiente cronograma de actividades:
Periodo de empadronamiento: El empadronamiento es el mecanismo mediante el cual los egresados de la Universidad del Cauca que deseen participar de la elección de su representante se inscriben de manera personal en las mesas que para tal efecto se ubiquen en el Claustro de Santo Domingo en Popayán y en la Casona en Santander de Quilichao, exhibiendo su documento de identidad y suministrando los datos de la fecha de grado (día, mes y año de grado y título obtenido).
Los Egresados unicaucanos podrán inscribirse desde el 2 hasta el 28 de octubre de 2015, a las 4:00 p.m.
Periodo de inscripciones: Los aspirantes a Representante de los Egresados podrán inscribirse desde el 2 hasta el 28 de octubre de 2015, a las 4:00p.m., en la Secretaría General de la Universidad del Cauca.
Fecha de elección: Votación. Los egresados inscritos durante el proceso de empadronamiento y validados por la Secretaría General ejercerán su derecho al voto en el lugar de empadronamiento (Popayán o Santander de Quilichao), presentando el documento de identidad, el día jueves 3 de diciembre de 2015, entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m.
Publíquese y cúmplase
Se expide en Popayán, a los dos (2) días del mes de octubre de 2015.
(Original firmada)
EDGAR DE JESÚS VELÁSQUEZ RIVERA
Rector Delegatario