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Comunicados

Marzo 31 / 2009

Legalización y vinculación de profesores ocasionales y hora cátedra

Número del documento: 67887
Emitido por: División de Recursos Humanos
Dirigido a: Estudiantes

PARA: DECANOS, SECRETARIOS GENERALES DE FACULTAD, JEFES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES DE INSTITUTOS DE POSGRADO, DIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES DE PROGRAMA.

DE: JEFE DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS.

ASUNTO: LEGALIZACIÓN VINCULACIÓN PROFESORES OCASIONALES Y HORA CÁTEDRA.

FECHA: POPAYÁN, 17 DE MARZO DE 2009.

El Honorable Consejo Superior Universitario autorizó la vinculación de Profesores Ocasionales y Hora Cátedra, para el primer periodo académico de 2009 y para las distintas Unidades Académicas, a partir del 17 de marzo de 2009:

Descargar listado de docentes vinculados (135 kb)

En consecuencia, cada docente debe iniciar el proceso de legalización de su vinculación en la División de Recursos Humanos, Calle 5 No. 4-70, Claustro de Santo Domingo, en razón a que no podrá iniciar labores hasta tanto no haya realizado este procedimiento, por las implicaciones legales y académicas que implica.

Una vez producida la vinculación los Profesionales que ya cumplieron con el procedimiento de legalización son los que se detallan en el siguiente listado:

Descargar listado (10 kb) de quienes legalizaron su vinculación con corte a 30 de marzo de 2009.

Por cierre del proceso de nómina del presente mes, la legalización de la vinculación de los profesionales vinculados en la sesión del 17 de marzo del cursante, se hará hasta el día jueves 19 de marzo de 2009, a las 06:00pm. Quienes no lo hagan en el plazo anteriormente estipulado, no podrán realizarlo sino hasta el día martes 01 de abril de 2009.

Por lo tanto, es responsabilidad de los Decanos, Secretarios Generales de Facultad, Jefes de Departamento, Directores de Institutos de Posgrado, Directores de Centro y Coordinadores de Programa, establecer los controles necesarios para que cada uno de los profesionales vinculados, cumpla con el procedimiento de legalización, antes de iniciar labores académicas, para dar aplicación a los preceptos legales vigentes y no incurrir en investigaciones que conlleven a responsabilidad disciplinaria.

Por sucesivas reclamaciones de reconocimiento de labor académica por parte de profesores que no legalizaron a tiempo su vinculación, el Comité de Conciliación Institucional estableció como política, la sanción de no convocatoria por el término de un (1) año a los profesionales que incumplan el requisito.

Universitariamente,

CARLOS ALBERTO RUIZ GALÍNDEZ
Jefe División Recursos Humanos

 


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