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Acuerdos

Marzo 1 / 2023

Acuerdo Académico 003 de 2023 (Por el cual se adicionan los artículos 32 A, 38 A y 48 A, al Acuerdo Académico 013 de 2018 y reglamenta el proceso de inscripción, admisión y matrícula a los programas sede Norte)

Número del documento: AA 003
Emitido por: Consejo Académico
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general


Por el cual se adicionan los artículos 32 A, 38 A y 48 A, al Acuerdo Académico 013 de 2018 y reglamenta el proceso de inscripción, admisión y matrícula a los programas sede Norte.
 

CONSIDERANDO


El Consejo Superior de la Universidad del Cauca a través del Acuerdo 049 de 2022 reglamentó la admisión a los egresados de la educación media académica y técnica de los 13 municipios del Norte del Cauca, disponiendo que se asignará el 70% de los cupos en igualdad de número para hombres y mujeres.
 
Es competencia del Consejo Académico, según el artículo tercero del Acuerdo Superior 049 de 2022, reglamentar el proceso de Inscripción, Admisión y Matrícula a los Programas de Pregrado de Regionalización ofertados en la sede Norte – Santander de Quilichao.
 
El Acuerdo Académico 013 de 2018 reglamenta el proceso de Inscripción, Admisión y Matricula a los programas de Pregrado-Popayán, Pregrado-Regionalización y Pregrado-Extensión, el cual con base en las disposiciones del Acuerdo Superior 049 de 2022, requiere adicionarse las particularidades correspondientes.

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA


ARTÍCULO 1: Adicionar el numeral 6, en el artículo 27 del Acuerdo Académico 013 de 2018, relacionado con las modalidades de inscripción, el cual quedará así:
 

6. Inscripción a primer semestre a los aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en el Acuerdo Superior 049 de 2022.

 
ARTÍCULO 2: Adicionar el artículo 32 A, en el Acuerdo Académico 013 de 2018, el cual quedará así:
 

ARTÍCULO 32 A. INSCRIPCIÓN A PRIMER SEMESTRE DE ASPIRANTES QUE CUMPLEN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ACUERDO SUPERIOR 049 DE 2022: Es la inscripción dirigida a los bachilleres que hayan culminado sus estudios de educación media académica y técnica en las instituciones educativas de los 13 municipios del Norte del Departamento del Cauca

 
ARTÍCULO 3: Adicionar el artículo 38 A, en el Acuerdo Académico 013 de 2018, el cual quedará así:
 

ARTÍCULO 38 A: Los aspirantes que hayan culminado sus estudios de educación media académica y técnica en las instituciones educativas de los 13 municipios del Norte del Departamento del Cauca, además de los requisitos previstos en el artículo 20 de este Acuerdo, deberán:
 
1. Presentar diploma de bachiller o acta de grado expedida por alguna de las instituciones educativas de los trece (13) municipios del Norte del Departamento del Cauca.
 
PARÁGRAFO: El incumplimiento de los requisitos señalados o de los plazos fijados en el calendario del proceso de admisión, genera el trámite de inscripción del aspirante con base en el proceso general de admisión regulado en el artículo 28 del Acuerdo Académico 013 de 2018.

 
ARTÍCULO 4: Adicionar el artículo 48 A, en el Acuerdo Académico 013 de 2018, el cual quedará así:
 

ARTÍCULO 48 A. SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES QUE CUMPLEN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ACUERDO SUPERIOR 049 DE 2022: El procedimiento para asignar la condición de admitidos a los aspirantes de los trece (13) municipios del norte del Departamento del Cauca, se realizará de la siguiente manera:
 

  1. 1. Se clasificarán los aspirantes por cada uno de los trece (13) municipios del Norte del Departamento del Cauca, donde hayan culminado sus estudios de educación media académica y/o técnica.

 

  1. 2. El puntaje obtenido por el aspirante en cada área evaluada por el Examen de Estado ICFES SABER 11 se multiplicará por el porcentaje de ponderación, que el programa académico le haya establecido y así mismo se procederá en las pruebas adicionales de admisión en los programas que las exijan.

 

  1. 3. Se asignará la condición de admitido bajo esta modalidad al aspirante que en estricto orden descendente de acuerdo con el puntaje total obtenido se ubique en la primera posición entre los aspirantes de cada uno de los trece (13) municipios del Norte del Departamento del Cauca.

 

  1. 4. Si el número de cupos asignados previamente no cubriera los ofertados por el programa en esta modalidad en la sede de Santander de Quilichao, se asignará la condición de admitido a los aspirantes que se ubiquen como mejores segundas posiciones entre todos los aspirantes de los trece (13) municipios del Norte del Departamento del Cauca hasta alcanzar el 70% de los cupos que refiere el Acuerdo Superior 049 de 2022.

 

  1. 5. Si aun con la asignación de cupos previamente descrita no se cubrieran los ofertados por el programa en esta modalidad, se consideran las mejores terceras posiciones, y así sucesivamente, hasta completar el 70% de los cupos que refiere al Acuerdo Superior 049 de 2022.

 
ARTÍCULO 5: Las demás disposiciones previstas en el Acuerdo Académico 013 de 2018, aplican al proceso de inscripción, admisión y matricula de los aspirantes que cumplen los requisitos previstos en el Acuerdo Superior 049 de 2022.
 
ARTÍCULO 6: El presente Acuerdo rige a partir del 01 de marzo de 2023.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán, el primer (01) día del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
 

DEIBAR RENÉ HURTADO HERRERA
Presidente

 
 
 
 

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