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Acuerdos

Junio 8 / 2023

Acuerdo Superior 017 de 2023 (Por el cual se modifica el Acuerdo Superior 085 de 2008 y se le adiciona el artículo 22C que autoriza un descuento del cinco por ciento (5%) del valor de los derechos básicos de matrícula de posgrado a egresados)

Número del documento: AS 017
Emitido por: Consejo Superior
Dirigido a: Comunidad universitaria, Ciudadanía en general

Por el cual se modifica el Acuerdo Superior 085 de 2008 y se le adiciona el artículo 22C que autoriza un descuento del cinco por ciento (5%) del valor de los derechos básicos de matrícula de posgrado a egresados de la Universidad del Cauca.
 
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, y

 

CONSIDERANDO QUE:


La Constitución Política establece en su artículo 69 el derecho a la autonomía universitaria, reglamentado con la Ley 30 de 1992 y desarrollado a través de la jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional, cuyo alcance permite a las universidades darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos en el marco de la Ley.
 
El Consejo Superior de la Universidad del Cauca en ejercicio de la autonomía universitaria, particularmente respecto de lo dispuesto en los artículos 64 y 65 de la Ley 30 de 1992, expidió la Política de Egresados con el Acuerdo Superior 054 de 2017, la cual establece estrategias para incentivar la continuidad en la formación en educación superior.   
 
El Acuerdo Superior 085 del de 2008 establece incentivos y exenciones en los derechos básicos de matrícula en los programas de pregrado y posgrado para los estamentos administrativo, profesores y estudiantes.  
 
El Consejo Superior con el propósito de contribuir en la materialización de los ejes estratégicos de la Política de Egresados considera pertinente y conveniente aplicar un descuento para los egresados de la Universidad del Cauca que adelanten estudios en sus programas de posgrado.

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:


ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el título del Acuerdo Superior número 085 de 2008, el cual quedará así:
 

“Por el cual se crean incentivos y exenciones para el personal activo perteneciente al cuerpo profesoral y administrativo, al igual que para el cuerpo de docentes ocasionales y catedráticos, pensionados, estudiantes regulares y egresados titulados”.

 
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el título del capítulo IV del Acuerdo Superior número 085 de 2008, el cual quedará así: 
 

CAPÍTULO IV
DE LOS DESCUENTOS Y BECAS PARA PROGRAMAS DE FORMACIÓN AVANZADA”

 
ARTÍCULO TERCERO: Adicionar el ARTÍCULO 22 C al Acuerdo 085 de 2008, conforme se establece a continuación:
 

ARTÍCULO 22 C: Otorgar semestralmente un descuento del cinco por ciento (5%) en el valor de los derechos básicos de matrícula a estudiantes de los programas de Posgrados, que cumplan con la condición de ser egresados titulados de la Universidad del Cauca y que hayan ejercido el derecho al voto en las últimas elecciones nacionales y/o regionales”.

 
PARÁGRAFO PRIMERO: El descuento del (5%) no aplica para aquellos semestres en los cuales el estudiante tenga matriculado exclusivamente trabajo de grado.
 
PARÁGRAFO SEGUNDO: El descuento del (5%) es incompatible con los demás estímulos, convenios, becas, exoneraciones o descuentos establecidos en la normatividad interna u otorgados por entidades o instituciones externas.
 
PARÁGRAFO TERCERO: Previo a la aplicación del descuento del (5%) el Centro de Posgrados, dará prelación al estímulo, exoneración o beca con mayor favorabilidad para el estudiante, salvo expresión contraria por el interesado.
 
PARÁGRAFO CUARTO: El ejercicio del derecho al voto en las últimas elecciones nacionales y/o regionales, se deberá acreditar por el estudiante con el certificado vigente expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, previo al inicio de cada periodo académico.
 
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir del primer periodo académico de la vigencia 2024.  
 
 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 
Se expide en Popayán, a los ocho (8) días del mes de junio de 2023

 

RAQUEL DÍAZ ORTIZ

LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS

Presidente

Secretaria General

 

 

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