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Comunicados

Septiembre 16 / 2013

Informe de gestión del Representante de los Docentes ante el Consejo Superior (parte 2)

Emitido por: Representación profesoral
Dirigido a: Docentes, Comunidad universitaria

En primer lugar quiero agradecer las reacciones fraternas y propositivas que algunos docentes hicieron a mi informe de gestión I, que como su nombre lo indica es eso, un recuento de las tareas logradas en algunos de los frentes de trabajo como Representante de profesores antes el Consejo Superior.

En esta segunda entrega quiero focalizar mi exposición en un balance de logros, dificultades y retos presentes en el trámite de propuestas que tuvieron relación directa con reformar las formas de contracción de los docentes ocasionales y catedráticos de la Universidad del Cauca.

En primer lugar quiero recordar que cuando inicié mi labor como representante profesoral en el 2011 me encontré con el siguiente estado de cosas:

- La contratación de los docentes ocasionales y catedráticos cubría periodos de 16 semanas, lo que en un año laboral se traducía en sólo 8 meses de contratación efectiva.

- No existían criterios claros y precisos respecto a la cantidad de horas de docencia directa que diferenciaba una categoría de otra (tiempo completo, medio tiempo, catedrático) y a consecuencia se solían presentar inequidades.

- En algunos casos las asignaciones de medio tiempo eran desmedidas respecto al reconocimiento económico recibido por los docentes.

Luego de muchas discusiones en el Consejo Superior y de diálogo directo con docentes de diferentes facultades, se avanzó con la administración universitaria en el diseño y la formalización de un marco de contratación ajustado a nuestra realidad fiscal y en procura de mejores condiciones para los profesores en situación de ocasionalidad.

El proyecto de acuerdo del 2013 para determinar la contratación y el régimen salarial de los Profesores Ocasionales y Catedráticos de la Universidad del Cauca fue debatido en dos ocasiones en el Consejo Académico con la injerencia de los Representantes Profesorales, que desde el mes de mayo del presente año hacen parte de esta corporación.

La reglamentación del régimen contractual de los Profesores Ocasionales y Catedráticos de la Universidad, se presentó para ser aprobada en sesión del Consejo Superior del 12 de agosto del presente año, pero a solicitud mía, el Consejo Superior aplazó su debate. Mis motivos eran contar con tiempo para tratar el tema con los representantes al Consejo Académico, por ello convoqué a los profesores Juan Pablo Paz y René Hurtado a una reunión en la siguiente semana, pero desafortunadamente no logramos el propósito en cuestión, ya que la agenda se varió debido a la presencia de ASPU que en cabeza del profesor Cáceres propuso tratar el tema de ampliación del periodo rectoral, lo que consumió todo el tiempo previsto para este ejercicio, sin dar lugar al asunto que originalmente había propuesto.

En la semana del 22 de agosto me reuní con el profesor Harold Mosquera para pedirle su opinión como experto en esta materia, le envié vía e-mail el proyecto de acuerdo y terminamos finalmente reuniéndonos antes de la sesión del consejo superior del 27 de agosto, para ultimar detalles. Consideraba que sus apreciaciones eran decisivas respecto a los pro y los contra de este proyecto de acuerdo. Revisados los términos, y considerando las aspectos jurídicos según los cuales, para los docentes ocasionales se aplica en sentido estricto lo establecido en la ley 30 respecto a la asignación salarial, junto con el abogado Mosquera estuvimos de acuerdo en que el proyecto no era perfecto pero las falencias eran compensadas con el aumento en las 9 semanas más de contratación por año. Con estas consideraciones de orden técnico seguí adelante con la tarea de debatir la propuesta, tratando no obstante de lograr mejorar lo planteado por la administración Universitaria. Fuera de esto, dejé constancia escrita en acta del Consejo Superior del 27 de agosto, que era arriesgado reglamentar este acuerdo al margen de los fundamentos de la ley 30, pues como ya lo mencioné, según el abogado Mosquera es de aplicación en sentido estricto las disposiciones contempladas en esta ley.

Para la semana del debate en el Consejo Superior, el proyecto de acuerdo ya había sido discutido en dos ocasiones en el Consejo Académico, así como por parte de la junta directiva de ASPU, sin que se hubieran expresado reparos u objeciones de parte de estas instancias o por lo menos públicamente no lo hicieron. De este modo en la sesión del 27 de agosto del 2013 se aprobó en el Consejo Superior el proyecto de acuerdo por el cual se reglamenta la contratación y el régimen salarial de los Profesores Ocasionales y Catedráticos de la Universidad del Cauca. Lo sustantivo del proyecto, es que busca resolver un asunto de proporcionalidad entre salario y labor docente, pues según el informe presentado, existían grandes diferencias e inequidades en este sentido. Se nos presentaron ejemplos como el de docentes contratados como catedráticos con 12 horas de labor neta por semana, cuyos salarios estaban iguales o por encima de docentes ocasionales de tiempo completo con una labor de docencia directa entre 20 y 24 horas semanales, y una carga global de 40 horas semanales.

Considero que el acuerdo aprobado el 27 de agosto por parte del Consejo Superior, además de atender estos problemas de proporcionalidad, amplia el periodo de contratación a 10.5 meses por año, que en el antiguo modelo era de 8.5 meses. En esos dos sentidos creo que hicimos un avance considerable a favor de los docentes ocasionales y de cátedra.

La posición de ASPU respecto a este proceso no es algo que deba yo entrar a detallar o calificar, pero lo cierto es que logramos mejorar la contratación de los Docentes Ocasionales y catedráticos en el marco de los recursos presupuestales disponibles. Soy del criterio que mientras logramos la anhelada reforma a la ley 30, debemos buscar mejorar gradualmente las condiciones de los profesores ocasionales con lo que tenemos a mano, sin renunciar a que en el mediano plazo sus derechos laborales hagan parte de la respectiva reforma, que por lo pronto parece tampoco verá la luz en este 2013.

En el nuevo acuerdo de contratación, el salario mensual de un docente ocasional tiempo completo está en el promedio de los salarios de los docentes de planta que comparten el mismo nivel de formación y de experiencia docente (al final adjunto tabla salarial acogida por el Consejo Superior en este acuerdo).

Como lo sabemos bien, la situación de los Docentes Ocasionales y Catedráticos hace parte de la problemática estructural producida por la vigencia de la ley 30 que nos tiene maniatados con irrisorios incrementos anuales que no se compadecen del crecimiento real del funcionamiento universitario y con los recursos congelados desde 1993.

Los limbos jurídicos que rondan propuestas como el acuerdo aprobado el pasado 27 de agosto, son muy complejos y de cierto modo debemos sortearlos a sabiendas que no estamos en un estado ideal de condiciones. La ley 30 es imperfecta y ambigua con relación a las condiciones de contratación de profesores ocasionales, así que estoy abierto a conocer una mejor propuesta que pueda resolver lo que nos interesa en el corto plazo.

Quienes ejercemos la función de representar a los profesores en las corporaciones y desde ASPU, debemos revisar si lo procedente es reversar este acuerdo, ello siempre y cuando el compromiso sea interponer una mejor alternativa inmediatamente que no nos vaya a dejar con las manos vacías para el proceso de solicitud de recursos y disponibilidad presupuestal que debe estar lista en el mes de noviembre.

Quiero dejar constancia que de solicitar que se revoque el acuerdo que ya aprobó el Consejo Superior, es una responsabilidad política de los tres representantes profesorales y de ASPU, no dejar perder el recorrido hecho hasta ahora y mucho menos que en el mes de enero del 2014 los profesores ocasionales y catedráticos se devuelvan en materia laboral a la situación que describí al comenzar este informe.


Ver tabla de asignación del salario mensual para docentes ocasionales-nuevo modelo (PDF - 413 Kb)

Atentamente,

Milton Arango Quintana.
Representante de los Profesores ante el Consejo Superior.
Correo: marango@unicauca.edu.co


Enlaces relacionados

Posición de Aspu sobre ampliación del periodo rectoral


Informe de gestión del Representante de los Docentes ante el Consejo Superior (parte 1)

Comunicado de la Asamblea General de Profesores de Unicauca realizada el 29 de agosto



 

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