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Comunicados

Marzo 23 / 2022

Pronunciamiento del COPASST sobre retorno a la presencialidad académica

Emitido por: Área de Salud Ocupacional
Dirigido a: Comunidad universitaria

Popayán, 23 de marzo de 2022
 
Doctor
JOSE LUIS DIAGO FRANCO
Rector
Universidad del Cauca
 
En atención al comunicado sobre lineamientos para el retorno a la presencialidad académica en pregrado de fecha 28 de febrero de 2022 expedido por el Dr. Luis Guillermo Jaramillo, vicerrector académico. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, propone se tengan en cuenta los siguientes aspectos:

1. Tener en cuenta la Resolución 350 del 1 de marzo de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social, en especial los ítems 2.4 relacionado con el distanciamiento físico que recomienda:
 

“evitar aglomeraciones en espacios abiertos y cerrados, definiendo estrategias que garanticen el distanciamiento físico y minimicen la concentración de personal en un mismo lugar”


y en el 2.6 ventilación se enfatiza:  
 

“siempre que sea posible, mantener puertas y ventanas abiertas para lograr intercambio de aire natural, todos los ambientes deben tener un alto flujo de aire natural, realizar las adaptaciones necesarias para garantizar una adecuada ventilación y evitar que haya grupos de personas en lugares de baja ventilación”.

 
Como resultado de la conjunción de estos factores, es decir, espacios cerrados con alta ocupación de personas durante tiempos prolongados (aquí debemos recordar que nuestros bloques de clase son usualmente de 2 horas) e inadecuada ventilación se estaría consolidando un escenario de alta probabilidad de contagio; ante lo cual la protección respiratoria de alta eficiencia se considera un factor imprescindible, lo cual implica sean usados respiradores tipo N95 o sus referencias equivalentes.  Este escenario genera otro interrogante ¿se puede garantizar el uso de este tipo de protección respiratoria por parte de toda la comunidad académica?
 
 
2. En lo relacionado con la vacunación, tener en cuenta el artículo 2 del Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021 del Ministerio del Interior el cual establece, la exigencia del carné de vacunación para el ingreso a eventos masivos de carecer público en escenarios deportivos y museos sin desconocer la directiva No. 9 del Ministerio de Educación del 30 de diciembre de 2021, que menciona taxativamente
 

“que el acceso a la educación no puede condicionarse a la portabilidad de un carné de vacunación o certificado digital de vacunación y en todo caso, han de respetarse las decisiones individuales o familiares de las personas que en el ejercicio de su autonomía decidieron no vacunarse independiente de su edad o condición de comorbilidad, salvo que para el desarrollo de su actividad académica se encuentre prevista dicha exigencia, por razones del lugar en el que esta se lleva a cabo.”

 
Con base en lo anterior, este comité recomienda que la capacidad nominal de los salones, auditorios y laboratorios no sea excedida y en lo que tiene que ver con el proceso de vigilancia epidemiológica con la comunidad educativa definir si es necesario aislar la cohorte o burbuja, no siendo necesario el cierre del servicio de educación inicial cuando se presenten casos sospechosos o confirmados de Covid-19 en la comunidad educativa. 
 
Universitariamente,
 
JORGE ENRIQUE  BARRERA MORENO       PAULO MAURICIO ESPINOSA  ECHEVERRI
Presidente                                                             Representante

 
 

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