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Resoluciones

Agosto 30 / 2016

Resolución Consejo de Facultad de Ciencias de la Salud 073 de 2016 (convocatoria a elección de representantes estudiantiles)

Emitido por: Facultad de Ciencias de la Salud
Dirigido a: Comunidad universitaria

Por la cual se convoca a elección de los representantes de los estudiantes a los comités de programa de la Facultad Ciencias de la Salud.

El Consejo de Facultad de Ciencias de la Salud en su sesión ordinaria realizada el 29 de agosto de 2016 y en uso de su competencia funcional y,


Considerando


1. Que se cumplió la fecha de vencimiento de la Resolución 032 de 2015 mediante la cual se designaron los representantes estudiantiles a los Comités de Programa de la Facultad Ciencias de la Salud.
2. Que la Facultad debe renovar el proceso de conformación de los Comités de Programa de sus programas académicos.
3. Que es necesario adelantar el proceso de elección de los nuevos representantes de los estudiantes ante los Comités de Programa de la Facultad.
4. Que la Resolución 020 de 2015 expedida por el Consejo de Facultad, mediante la cual se crean y se establecen funciones y composición de los Comités de Programa de la Facultad Ciencias de la Salud, fija que los representantes estudiantiles se designarán por medio de votación directa de los estudiantes del Programa.
5. Que el Consejo de Facultad realizará convocatoria a través de la página web de la Facultad para la inscripción de candidatos de los estudiantes, acorde con los requisitos establecidos por la Resolución 020 de 2015.

En razón de lo expuesto,


Resuelve


Artículo primero: Convocar a los estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud a la elección de sus representantes ante los Comités de Programa de los programas de Medicina, Enfermería, Fisioterapia y Fonoaudiología por un período de un (1) año.

Artículo segundo: Cada Programa tiene derecho a elegir dos representantes a su respectivo Comité de Programa. Cada estudiante sufragante podrá votar por un solo candidato.

Artículo tercero: Se establece el siguiente mecanismo para efectos de la inscripción de candidatos:

1. Publicar en la página Web de la universidad la presente Resolución y la invitación a inscribir nombres como candidatos(as). Estos nombres se deberán inscribir ante la respectiva Coordinación de Programa, con plazo máximo a las 6:00 p.m. del día lunes 13 de septiembre de 2016.
2. Se determina que para poder participar como candidatos y en cumplimiento de lo estipulado en el parágrafo 3° del Artículo 3° de la Resolución 020, los estudiantes que podrán participar serán de los siguientes semestres: Medicina: 7° a 10°; Enfermería: 6° a 9°; Fisioterapia: 5° a 9° y Fonoaudiología: 6° a 9°.
3. El 14 de septiembre de 2016, los respectivos coordinadores de programa verificarán el cumplimiento de requisitos por parte de los candidatos, con base en la Resolución 020 de 2015
4. El 15 de septiembre de 2016, cada coordinador entregará los nombres de los candidatos a la secretaria general de la Facultad para que pueda proceder a concretar con el taller editorial la elaboración de los votos (nombre y programa)
5. A partir del 16 y hasta el 27 de septiembre de 2016, los(as) candidatos(as) podrán realizar proselitismo.

Artículo cuarto: Fijar la elección de los anteriores representantes para el día miércoles 28 de septiembre de 2016 en horario ininterrumpido de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en las mesas de votación ubicadas en la Facultad.

Artículo quinto: La elección de los representantes mencionados se colmará a favor de los dos candidatos que obtengan el mayor número de votos.

Artículo sexto: En virtud de lo establecido en el Artículo 258 de la Constitución Política de Colombia, deberá repetirse por una sola vez la votación de los representantes, cuando los votos en Blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos.

Artículo séptimo: Designar como jurados a los siguientes estudiantes (matriculados a la fecha de la presente Resolución en el semestre mencionado):

Programa de Medicina

Fuentes Lemos Andrés Felipe, VII Semestre
Delgado Bravo Yanir Esteban, VII Semestre
Ramírez Guevara Laura Daniela, VIII Semestre
Díaz Córdoba Wilmer Jair, VIII Semestre
Hoyos Verdugo Jhon Freddy, IX Semestre
Cabrera Ortega Karen Amanda, IX Semestre
Moreno Urrea Erika Gisselle, X Semestre
Casa Hernández María del Pilar, X Semestre

Programa de Enfermería

Alejandro Medina Sierra, VI Semestre
Lisbeth Chimunja Chicué, VII Semestre
Erika Melissa Ruiz Urbano, VII Semestre
Jimmy Yesid Castro, VIII Semestre
Johana Milena Castro, VIII Semestre
Mónica Lucía lopez Burgos, IX Semestre
Jessica Fernanda Casilimas López, IX Semestre

 Programa de Fisioterapia 

Andrade Valencia Paola Andrea, X Semestre
Ávila Mera Julián Felipe, X Semestre
Bahos Ruano Laura Ximena, X Semestre
Buitrón González Yuliana, X Semestre
Salamanca Bermúdez Jessica Alejandra, X Semestre
Solano Garcés Brayan Steven, X Semestre
Solarte Gaviria María Alejandra, X Semestre

 P rograma de Fonoaudiología 

Jimena Montoya, V Semestre
Lina María Sánchez Sánchez, VI Semestre
Anggy Marcela Hoyos Ruiz, VII Semestre
Norha Marcela Calderón López, VIII Semestre
Cristian Danilo Lara León, IX Semestre
Carolina Díaz, X Semestre

Artículo octavo: El procedimiento y las funciones de los jurados de votación, son las siguientes:

1. Los jurados se harán presente diez (10) minutos antes de la apertura de las elecciones en el sitio de votación y elegirán entre sí, un presidente de la mesa de votación que se encargará de coordinar todo lo relacionado con el avance del proceso. Los demás jurados le colaborarán en las decisiones que deban adoptar en el curso de la votación.
2. Los jurados llevarán durante el día de la elección, los registros autorizados de estudiantes sufragantes, que previamente expedirá la Secretaría General de la Facultad
3. Los jurados actuarán como escrutadores al término de la elección y suscribirán un acta de escrutinio que certifique la fecha, lugar y hora, nombre de los jurados de votación, nombre de los candidatos y número de votos.
4. Finalizado el escrutinio, los jurados deberán entregar a la Secretaría General de la Facultad, personalmente o por intermedio del Presidente de la mesa de votación, el Acta de la Elección debidamente firmada, tal como lo estipula el procedimiento de la misma, las urnas, registros de sufragantes y votos.
5. Los jurados deberán permanecer con dedicación exclusiva durante el tiempo de la votación. El Presidente de la mesa coordinará el plan de rotación que se requiera.

Artículo noveno: Designar a la Secretaria General de la Facultad, como coordinadora de la elección, quien comunicará por escrito la designación a cada jurado y suministrará apoyo informativo e implementos a los jurados, así como ubicación de la mesa.

Artículo décimo: Los estudiantes podrán deliberar y movilizarse sin ningún impedimento para que se propicie un debate electoral democrático, participativo y equitativo a los principios universitarios.

Artículo undécimo: Serán nulos los actos electorales que no cumplan el procedimiento señalado en la presente resolución.

Artículo decimosegundo: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


Comuníquese y cúmplase


Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los treinta (30) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016)


(Original firmada)
JOSÉ LUIS DIAGO FRANCO
Presidente

(Original firmada)
AMALY TOBAR OROZCO
Secretaria


Nota: contenido publicado en www.unicauca.edu.co el 1 de septiembre de 2016.
 

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